LEY N° 3320
LEY DE 9 DE ENERO DE 2006
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1. De conformidad con lo establecido por el artículo 59, atribución 7ª, de la Constitución Política del Estado, se autoriza a la Empresa Nacional de Ferrocarriles transferir, a título oneroso, y de acuerdo al valor catastral del año 1996, los siguientes predios que no fueron afectados al Servicio Público Ferroviario:
Terreno de 4.984 m2, ubicado en la Avenida Barrientos de la ciudad de Cochabamba, colindante con la Estación Central, a favor de los ex trabajadores ferroviarios Guido Alonso León Clavijo, Manuel Muñoz Morales, Constantino Núñez Aranda, Franklin Sandoval Suasnavar, Estefanía Espada Sánchez, Germán Butrón Maida, Betty Montealegre Vda. De Espinoza, Justo Yáñez Mamani, Luis Alvarez Antezana, Elena Dávila de Hurtado y Justina Fernández Vda. de Rioja.
Terreno de 2.100 m2, ubicado en la avenida Ayacucho de la ciudad de Cochabamba, cuyas colindancias son: al Norte, con terrenos de ENFE; al Sur, con una propiedad privada; al Este, con la avenida Ayacucho; y al Oeste, con la avenida Bartolomé Guzmán; a favor de los ex trabajadores ferroviarios Edgar Jesús Espinoza Navarro, José Porfirio Ortiz Pozo, Guido Hildo Montoya Aramayo, Edilfredo Adrián Zanga Ruilova, José Mario Orellana Jimpol, José Escalier Chávez y Gregorio Colque Cota.
ARTICULO 2. La extensión superficial utilizada por el Gobierno Municipal de Cochabamba para la construcción de avenidas y otros de los predios de propiedad de la Empresa Nacional de Ferrocarriles y que afecte a los terrenos señalados en el artículo precedente, será parte constitutiva del porcentaje que debe cederse al Municipio de Cochabamba de acuerdo a normas.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los ocho días del mes de diciembre de dos mil cinco años.
Fdo. Luis Morgan López Baspineiro Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Ernesto Poppe Murillo, Aurelio Ambrosio Muruchi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de Enero de dos mil seis años.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Iván Avilés Mantilla.