LEY 818
LEY DE 19 DE JULIO DE 2016
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Se declara Patrimonio Cultural Material Inmueble del Estado Plurinacional de Bolivia, al Reloj Público de la ciudad de Uyuni, Provincia Antonio Quijarro del Departamento de Potosí.
Artículo 2. El Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Culturas y Turismo, en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de Potosí y el Gobierno Autónomo Municipal de Uyuni, en el marco de sus competencias, implementarán políticas públicas y proyectos de preservación, conservación, restauración y promoción del Reloj Público de la ciudad de Uyuni.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los siete días del mes de julio del año dos mil dieciséis.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Víctor Hugo Zamora Castedo, Noemí Natividad Díaz Taborga, Mario Mita Daza, Erick Moron Osinaga.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de julio del año dos mil dieciséis.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Hugo José Siles Núñez del Prado, Marko Marcelo Machicao Bankovic.