LEY N° 951
LEY DE 23 DE MAYO DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. Se declara al Municipio de Camiri, ubicado en la Provincia Cordillera del Departamento de Santa Cruz, como “Capital Petrolera del Estado Plurinacional de Bolivia”, en reconocimiento a su riqueza Hidrocarburífera y su aporte histórico al desarrollo económico y productivo de nuestro País.
DISPOSICIÓN ABROGATORIA
ÚNICA. Se abroga el Decreto Ley N° 07676 de 22 de junio de 1966.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Omar Paul Aguilar Condo, María Argene Simoni Cuellar, Sebastián Texeira Rojas, Dulce María Araujo Domínguez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.
FDO. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca, Luis Alberto Arce Catacora MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS E INTERINO DE HIDROCARBUROS.