LEY N° 963
LEY DE 23 DE JUNIO DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 14.394,66 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Cotoca, ubicado en la zona Nor Oeste, U.V. 729 A, Manzana 16, Lote 01, Urbanización Tavaguasú del Municipio de Cotoca, Provincia Andrés Ibáñez del Departamento de Santa Cruz, registrado en las oficinas de Derechos Reales de Santa Cruz bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 7.01.2.01.0044267, cuyas colindancias son: al Norte, con la Calle Sin Nombre; al Sur, con la Calle Sin Nombre; al Este, con la Calle Sin Nombre; y al Oeste, con la Avenida Sin Nombre; a favor del Ministerio de Gobierno, con destino exclusivo para la construcción de la “Base Antinarcóticos Santa Cruz”, de conformidad a la Ley Municipal Autonómica N° 22/2016 de 11 de noviembre de 2016, del Gobierno Autónomo Municipal de Cotoca.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diecisiete.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Patricia M. Gómez Andrade, María Argene Simone Cuellar, Gonzalo Aguilar Ayma, Sebastián Texeira Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Ciudad de Cochabamba, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil diecisiete.
FDO. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca, Carlos Gustavo Romero Bonifaz.