LEY N° 978
LEY DE 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.
I. De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio de Crédito N° CBO 1009 01 J, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Agencia Francesa de Desarrollo – AFD, en fecha 21 de julio de 2017, por un monto de hasta EUR66.000.000.- (Sesenta y Seis Millones 00/100 Euros), para financiar parcialmente el “Programa de Apoyo a la Inversión en Energías Renovables en Bolivia”.
II. Se autoriza a la Empresa Nacional de Electricidad - ENDE, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del Convenio de Crédito N° CBO 1009 01 J, aprobado por la presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinte días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Omar Paul Aguilar Condo, Patricia M. Gómez Andrade, Sebastián Texeira Rojas, Gonzalo Aguilar Ayma.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete.
FDO. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, René Martínez Callahuanca, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Rafael Alarcón Orihuela.