LEY 874
LEY DE 21 DE DICIEMBRE DE 2016
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 4646.00 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Villa Serrano, ubicado en la Avenida Gualberto Villarroel del Municipio de Villa Serrano, Provincia Belisario Boeto del Departamento de Chuquisaca, registrado en las oficinas de Derechos Reales de Sucre, bajo el Folio Real con Matricula Computarizada N° 1.08.1.05.0000308, cuyas colindancias son: Al Norte, con la propiedad de la familia Ovando; Al Sur, con una Calle Sin Nombre; Al Este, con la Avenida Gualberto Villarroel; y al Oeste, con una Calle Sin Nombre junto al Río Pescado; a favor de la Universidad Mayor, Real y Pontificia de San Francisco Xavier de Chuquisaca, con destino exclusivo para la construcción de Nueva Infraestructura e Implementación de Carreras Universitarias, de conformidad a la Ley Municipal Autonómica Nº 39 de 26 de agosto de 2016 y a la Ley Municipal Autonómica N° 48 de 28 de noviembre de 2016, del Gobierno Autónomo Municipal de Villa Serrano.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis.
Fdo. Ester Torrico Peña, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Víctor Hugo Zamora Castedo, Noemí Natividad Díaz Taborga, Ana Vidal Velasco, Erik Morón Osinaga.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis.
FDO. EVO MORALES AYMA, Lenny Tatiana Valdivia Bautista MINISTRA DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN E INTERINA DE LA PRESIDENCIA, Roberto Iván Aguilar Gómez, Hugo José Siles Nuñez del Prado.