LEY 864
LEY DE 12 DE DICIEMBRE DE 2016
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1.
I. Se declara Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia, al “Acullico”, como la masticación tradicional de la Hoja de Coca, que permite extraer el contenido de sus nutrientes.
II. El “Acullico” es también conocido en las distintas regiones del Estado Plurinacional de Bolivia, como “boleo”, “pijcheo” o “coqueo”.
Artículo 2.
I. Se declara el 11 de enero de cada año, como “Día Nacional del Acullico”, en homenaje a que en esa fecha, el año 2013, el Estado Plurinacional de Bolivia se adhirió a la “Convención Única de las Naciones Unidas sobre Estupefacientes de 1961, emendada por el Protocolo de 1972”, con la reserva de permitir la masticación tradicional de la Hoja de Coca en todo el territorio nacional.
II. Para la conmemoración del “Día Nacional del Acullico”, el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, a través del Viceministerio de Coca y Desarrollo Integral, en coordinación con las entidades públicas del Estado Plurinacional de Bolivia y las organizaciones sociales, promoverán actividades relacionadas con la práctica del “Acullico”.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, al primer día del mes de diciembre del año dos mil dieciséis.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Noemi Natividad Diaz Taborga, Víctor Hugo Zamora Castedo, Mario Mita Daza, Ana Vidal Velasco.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Cesar Hugo Cocarico Yana, Marko Marcelo Machicao Bankovic.