LEY N° 881
LEY DE 13 DE ENERO DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. Se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 71404 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de San Lorenzo, ubicado en la Zona de Rancho Norte del Municipio de San Lorenzo, Provincia Eustaquio Méndez del Departamento de Tarija, registrado en oficinas de Derechos Reales de la ciudad de Tarija, bajo la Matrícula Computarizada N° 6.05.1.07.0000089, cuyas colindancias son: Al Norte, con el Área Comunal Rancho Norte; al Sur, con Juan Nina Quispe, Gertrudis Bonillas Vda. de Zenteno; al Este, con la carretera Tarija - San Lorenzo; y al Oeste, con la Quebrada Churqui Amarillo; a favor del Ministerio de Salud, con destino exclusivo para la construcción del “Instituto Cardiovascular”, de conformidad a la Ley Municipal N° 34 de 13 de septiembre de 2016 y a la Ley Municipal N° 40 de 29 de noviembre de 2016, del Gobierno Autónomo Municipal de San Lorenzo.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los diez días del mes de enero del año dos mil diecisiete.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Eliana Mercier Herrera, Víctor Hugo Zamora Castedo, Ana Vidal Velasco, Jhovana M. Jordan Antonio.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de enero del año dos mil diecisiete.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Ariana Campero Nava, Hugo José Siles Nuñez del Prado.