LEY N° 916
LEY DE 22 DE MARZO DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad al numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Comarapa, con una superficie de 861,30 m², ubicado en la Urbanización “La Laguna” del Departamento de Santa Cruz, registrado en oficinas de Derechos Reales bajo la Matricula Computarizada N° 7.13.1.01.0000682, Asiento A-1 de fecha 23 de noviembre de 2009, cuyas colindancias son: al Norte, con la alameda “Los Tajibos” con 51.90 m; al Sur, con los Lotes N° 15 y 21 con 50.00 m; al Este, con la calle Los Ceibos con 9.90 m; y al Oeste, con la calle Los Helechos con 27.30 m; a favor de la Caja Nacional de Salud, con destino exclusivo para la construcción de un Centro de Salud, de conformidad a lo establecido en la Ley Municipal N° 59 de 14 de septiembre de 2016, modificado por la Ley Municipal N° 66 de 28 de noviembre de 2016.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Patricia M. Gómez Andrade, María Argene Simoni Cuellar, Sebastián Texeira Rojas, Dulce Maria Araujo Domínguez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.
FDO. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca, Ariana Campero Nava.