LEY N° 1021
LEY DE 27 DE DICIEMBRE DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. (APROBACIÓN DE DIEZ (10) CONTRATOS ADMINISTRATIVOS MINEROS).
I. De conformidad con lo establecido en el numeral 12 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, y el Artículo 132 de la Ley N° 535 de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, se aprueban los Contratos Administrativos Mineros suscritos por la Dirección Regional Tupiza – Tarija de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM, con los distintos Actores Productivos Mineros, bajo el siguiente detalle:
1. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00003/2017, suscrito con la EMPRESA MINERA APUMAYTA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, correspondiente al área denominada “PABELLÓN”, con código único 2000166, compuesta por treinta (30) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de San Pablo de Lípez de la Provincia Sud Lípez del Departamento de Potosí.
2. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00008/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL EMPRESA MINERA “VILLA PAMPA”, correspondiente al área denominada VILLA PAMPA II, con código único 2000257, compuesta por veinte (20) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Tupiza de la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí.
3. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00010/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL MARIO EDUARDO CASTRO UGARTE, correspondiente al área denominada CORAZÓN CHICHEÑO 2, con código único 1002832, compuesta por diez (10) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Tupiza de la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí.
4. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00011/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL MARIO EDUARDO CASTRO UGARTE, correspondiente al área denominada CORAZÓN CHICHEÑO 1, con código único 1003897, compuesta por dieciocho (18) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Tupiza de la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí.
5. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00012/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL EMPRESA MINERA EL “SILLAR”, correspondiente al área denominada EL SILLAR, con código único 1004167, compuesta por seis (6) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Tupiza de la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí.
6. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00014/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL MINA COLQUE LOMA, correspondiente al área denominada COLQUE LOMA, con código único 1004151, compuesta por tres (3) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Tupiza de la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí.
7. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00019/2017, suscrito con la EMPRESA UNIPERSONAL EMPRESA MINERA JIMMY TÓRREZ, correspondiente al área denominada TATO, con código único 1003872, compuesta por tres (3) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Tupiza de la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí.
8. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00021/2017, suscrito con la EMPRESA MINERA BEDROCK S.R.L., correspondiente al área denominada ALTA VISTA, con código único 2000165, compuesta por veintiocho (28) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de San Antonio de Esmoruco de la Provincia Sud Lipez del Departamento de Potosí.
9. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00027/2017, suscrito con la EMPRESA “SOCIEDAD MINERA KURMI S.R.L.”, correspondiente al área denominada WARMICITA, con código único 2000951, compuesta por una (1) cuadrícula, ubicada en el Municipio de Tupiza de la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí.
10. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/00020/2017, suscrito con la COOPERATIVA MINERA “BIENVENIDA I” LTDA., correspondiente al área denominada BIEN VENIDA I, con código único 1001709, compuesta por tres (3) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de Atocha y Cotagaita de las Provincias Nor Chichas y Sud Chichas del Departamento de Potosí.
II. Las características y datos técnicos de las áreas mineras y los respectivos contratos previstos en el Parágrafo precedente, se encuentran detallados en el Anexo adjunto a la presente norma.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
Fdo. César Milciades Peñaloza Avilés, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Patricia M. Gómez Andrade, María Argene Simoni Cuellar, Gonzalo Aguilar Ayma, Sebastián Texeira Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
FDO. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca, Mario Alberto Guillén Suárez, Felix Cesar Navarro Miranda, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Carlos Rene Ortuño Yañez.
ANEXO
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