DECRETO SUPREMO N° 28871
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Supremo Nº 25354 de 19 de abril de 1999, crea el Programa de Apoyo a la Seguridad Alimentaria – PASA, que se constituye en un Programa Especial bajo tuición del ex Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, actual Ministerio de Desarrollo Rural Agropecuario y Medio Ambiente.
Que el origen de los recursos, es la donación efectuada por un financiamiento no reembolsable, otorgado por la Comisión Europea al Gobierno Boliviano.
Que mediante la suscripción del Convenio de Financiación, suscrito entre el Gobierno de Bolivia y la Comisión Europea, se ha aprobado la donación de recursos para la Segunda Fase del PASA, motivo por el cual se dio continuidad a las funciones de la Gerencia Nacional que cuenta con autonomía de gestión administrativa, a objeto de administrar los recursos asignados, a cargo del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo del Ministerio de Planificación del Desarrollo.
Que el Programa de Apoyo a la Seguridad Alimentaria, para desarrollar sus labores de campo en forma eficiente, incentivando el incremento de la productividad y por consiguiente incrementando los índices de Seguridad Alimentaria, necesita contar con medios de transporte seguros y confiables; asimismo, requiere la movilización, en campo, de profesionales, personal técnico y beneficiarios en medios de locomoción ágiles, confiables y seguros.
Que los vehículos con los que el Programa de Apoyo a la Seguridad Alimentaria presta sus servicios, ya son obsoletos y no brindan la seguridad y confiabilidad para seguir prestando su trabajo.
Que el Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, prohíbe a las instituciones públicas, la compra o alquiler de vehículos motorizados.
Que en reunión del Consejo Nacional de Política Económica y Social – CONAPES, del 25 de septiembre de 2006, se determinó aprobar el presente Decreto Supremo, a solicitud del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.-
I. Se autoriza al Programa de Apoyo a la Seguridad Alimentaria – PASA, bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, la compra de cinco (5) vehículos motorizados para el desarrollo de sus actividades de campo, con recursos provenientes de la donación de la Comisión Europea al Gobierno de Bolivia de acuerdo a las normas vigentes para el caso.
II. Esta compra no significa erogación de recursos económicos adicionales para el Tesoro General de la Nación – TGN.
Los Señores Ministros de Estado, en los Despachos de Planificación del Desarrollo, Hacienda y Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de septiembre del año dos mil seis.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga Ministro de la Presidencia e Interino de Defensa Nacional, Alicia Muñoz Alá, Hernando Larrazabal Córdova, Luis Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda Ministra de Producción y Microempresa e Interina de Obras Publicas, Servicios y Vivienda, Hugo Salvatierra Gutiérrez, Carlos Villegas Quiroga, Walter Villarroel Morochi, Santiago Alex Gálvez Mamani, Ministro de Trabajo e Interino de Justicia, Félix Patzi Paco, Nila Heredia Miranda.