DECRETO SUPREMO N° 28851
ALVARO MARCELO GARCIA LINERA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social – FPS, tiene concluido el diseño final del Proyecto de Agua Potable y Sistema de Alcantarillado Sanitario para la localidad de Colquiri.
Que el proyecto señalado, beneficiará aproximadamente a seis mil (6000) personas y se efectuarán mil cuatrocientos cincuenta y ocho (1458) conexiones domiciliarias de alcantarillado, mil ciento setenta y seis (1176) conexiones domiciliarias de agua potable y veinte (20) piletas públicas.
Que el Objetivo General del Proyecto de Agua Potable, del Sistema de Alcantarillado Sanitario y la instalación de una Planta de Aguas Residuales, es beneficiar a la población que habita y desarrolla sus actividades diarias en la localidad de Colquiri, acorde a su capacidad de pago, mejorando de esta manera el nivel de vida de esta población.
Que el Proyecto de Agua Potable de la población de Colquiri, contará con cuatro (4) redes de distribución, que abarcan las siguientes zonas: Villa Victoria Calacalita, Incalacaya, Chojña, Area Industrial y Huayrapata Rasca Cielo, con una extensión de 75.503,60 metros de longitud.
Que el tendido de cuatro (4) redes de distribución de agua potable y la construcción del Sistema de Alcantarillado Sanitario, comprende terrenos de propiedad de la Corporación Minera de Bolivia.
Que el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, entidad que financiará el Proyecto, requiere como uno de los requisitos que los terrenos en los cuales se ejecutará sean cedidos en forma definitiva o por diez (10) años, a través de un contrato de comodato
Que el inciso b) del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 28136 de 16 de mayo de 2005, dispone que el tiempo límite para suscribir contratos de comodato de bienes del Estado es de tres (3) años.
Que es política del Supremo Gobierno apoyar el mejoramiento de vida de los diferentes sectores sociales del país.
Que en reunión del Consejo Nacional de Política Económica y Social – CONAPES, del 4 de septiembre de 2006, se determinó aprobar el presente Decreto Supremo, a solicitud del Ministerio de Minería y Metalurgia.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÌCULO UNICO.- Se autoriza, excepcionalmente, a la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL, suscribir un contrato de comodato por diez (10) años, con el Gobierno Municipal de Colquiri, para el uso de terrenos del Campamento Minero de Colquiri, propiedad de COMIBOL, necesarios para la ejecución del Proyecto de Agua Potable del Sistema de Alcantarillado Sanitario y la instalación de una Planta de Aguas Residuales, en beneficio de la población de Colquiri.
El Señor Ministro de Estado, en el Despacho de Minería y Metalurgia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de septiembre del año dos mil seis.
FDO. ALVARO MARCELO GARCIA LINERA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alicia Muñoz Alá, Walker San Miguel Rodríguez, Casimira Rodríguez Romero, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, Salvador Ric Riera, Hugo Salvatierra Gutiérrez, Andrés Solíz Rada, Walter Villarroel Morochi, Santiago Alex Gálvez Mamani, Félix Patzi Paco, Nila Heredia Miranda.