DECRETO SUPREMO N° 28849
ALVARO MARCELO GARCIA LINERA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, han suscrito en fecha 2 de diciembre de 2005, un Contrato de Préstamo N° 1678/SF-BO, para ejecutar el Programa de Apoyo al Sistema Nacional de Inversión Pública por intermedio del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo, cuyo objetivo es el de contribuir a mejorar la calidad de la inversión pública en el ámbito de la administración nacional, departamental y municipal, generando fundamentos para que los proyectos de inversión pública promuevan, en su ejecución, un mayor beneficio económico y social.
Que la Ley N° 3287 de 12 de diciembre de 2005, aprueba el Contrato de Préstamo N° 1678/SF-BO entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, por la suma de $us 13.000.000.- (TRECE MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinados a financiar el Programa de Apoyo al Sistema Nacional de Inversión Pública.
Que el Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo del Ministerio de Planificación del Desarrollo, tiene la necesidad de incorporar recursos adicionales en la partida 25200 “Estudios e Investigaciones”, por un monto de Bs3.839.901 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS UNO 00/100 BOLIVIANOS), para la ejecución del Programa de Apoyo al Sistema Nacional de Inversión Pública, con cargo a recursos provenientes de crédito externo.
Que el Artículo 8 de la Ley N° 2042 de 21 de diciembre de 1999 – Ley de Administración Presupuestaria, autoriza al Poder Ejecutivo que las donaciones y créditos externos para gastos de capital, gastos corrientes y aplicaciones financieras, no contempladas en el Presupuesto General de la Nación aprobado anualmente, sean incorporados por el Ministerio de Hacienda en los presupuestos de las instituciones, para su ejecución correspondiente.
Que el Decreto Supremo N° 27327 de 31 de enero de 2004, establece los mecanismos de austeridad a aplicarse en el Poder Ejecutivo, con el objeto de racionalizar los gastos de las entidades públicas.
Que el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327, establece que cualquier incremento en las partidas de gasto 25200 “Estudios e Investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Para Construcciones de Bienes de Dominio Público”, deberá ser aprobado mediante Decreto Supremo.
Que en reunión del Consejo Nacional de Política Económica y Social – CONAPES, del 24 de julio de 2006, se determinó aprobar el presente Decreto Supremo, a solicitud del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo del Ministerio de Planificación del Desarrollo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.-
I. Se aprueba y autoriza el incremento de recursos en la partida 25200 “Estudios e Investigaciones” por Bs3.839.901.- (TRES MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS UNO 00/100 BOLIVIANOS), con Fuente y Organismo 70 – 411 a favor del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo, para la ejecución del Programa de Apoyo al Sistema Nacional de Inversión Pública, gestión 2006, con recursos de Crédito Externo provenientes del Contrato de Préstamo N° 1678/SF-BO – Banco Interamericano de Desarrollo, de acuerdo al anexo adjunto.
II. Los productos de las consultorías serán coordinados con instancias sectoriales y estarán relacionados con el Plan Nacional de Desarrollo.
El Señor Ministro de Estado, en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de septiembre del año dos mil seis.
FDO. ALVARO MARCELO GARCIA LINERA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alicia Muñoz Alá, Walker San Miguel Rodríguez, Casimira Rodríguez Romero, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, Salvador Ric Riera, Hugo Salvatierra Gutiérrez, Andrés Solíz Rada, Walter Villarroel Morochi, Santiago Alex Gálvez Mamani, Félix Patzi Paco, Nila Heredia Miranda.