DECRETO SUPREMO N° 28581
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que Bolivia a través del Comité Olímpico Boliviano forma parte de la Organización Deportiva Boliviana, encargada de regular el quehacer de los Juegos Deportivos Bolivarianos, la misma que ha designado a la ciudad de Sucre como sede de los XVI Juegos Deportivos Bolivarianos – 2009.
Que corresponde al Gobierno Nacional incentivar la práctica del deporte, en beneficio de la salud de la población en su conjunto y de la juventud en particular.
Que para cumplir este cometido se hace necesaria la construcción de escenarios deportivos acordes con la regulación de las organizaciones deportivas internacionales.
Que la organización de los XVI Juegos Deportivos Bolivarianos – 2009 requiere contar con un Comité Organizador que garantice el éxito tanto organizativo como de impacto social y económico en la región.
Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica – CONAPE en fecha 10 de enero de 2006.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.-
I. Se autoriza al Ministerio de Hacienda efectuar el traspaso interinstitucional por Bs. 5.000.000.- (CINCO MILLONES 00/100 DE BOLIVIANOS) a favor del Gobierno Municipal de Sucre, para financiar el gasto que demande el Comité Organizador de los XVI Juegos Bolivarianos durante la Gestión 2006, de acuerdo al siguiente detalle:
Servicios Personales Bs. 500.000.-
Servicios no Personales, materiales y suministros Bs. 120.000.-
Obras de Infraestructura Bs. 4.380.000.-
Para el efecto, el Gobierno Municipal de Sucre deberá habilitar una cuenta corriente de uso exclusivo del Comité Organizador de los XVI Juegos Bolivarianos – Sucre 2009, en el marco de lo establecido en las regulaciones del Ministerio de Hacienda.
Las obras de infraestructura, incluyen las fases de preinversión e inversión.
II. Para cumplir e iniciar las operaciones del Comité Organizador de los Juegos Bolivarianos – Sucre 2009, se instruye al Ministerio de Hacienda efectuar el desembolso inicial del 30% al Gobierno Municipal de Sucre del presupuesto señalado en el Parágrafo Anterior.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de la Presidencia, Hacienda y, Salud y Deportes quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil seis.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Carlos Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Sergio M. Medinaceli Monroy, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Ribera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.