LEY 3351
LEY DE 21 DE FEBRERO DE 2006
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
LEY DE ORGANIZACION DEL PODER EJECUTIVO
TITULO I
OBJETIVO
CAPITULO UNICO
OBJETIVO
ARTICULO 1. Esta Ley, de conformidad con el Artículo 99 de la Constitución Política del Estado, tiene por objeto establecer el número y atribuciones de los Ministros de Estado y otras normas relacionadas con la organización del Poder Ejecutivo.
TITULO II
MINISTROS DE ESTADO Y ORGANOS DE COORDINACION
CAPITULO I
MINISTROS DE ESTADO
ARTICULO 2.
Los servicios y asuntos de la Administración Pública son atendidos por los Ministros de Estado, cuyo número y atribuciones determina la presente Ley. Los Ministros de Estado son los siguientes:
Ministro de Relaciones Exteriores y Cultos
Ministro de la Presidencia
Ministro de Gobierno
Ministro de Defensa Nacional
Ministro de Justicia
Ministro de Planificación del Desarrollo
Ministro de Hacienda
Ministro del Agua
Ministro de Producción y Microempresa
Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda
Ministro de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente
Ministro de Hidrocarburos y Energía
Ministro de Minería y Metalurgia
Ministro de Trabajo
Ministro de Educación y Culturas
Ministro de Salud y Deportes
Por decreto del señor Presidente de la República, en ausencia temporal de un Ministro se designará interinamente a otro Ministro de Estado para que lo reemplace.
El Poder Ejecutivo establecerá por Decreto Supremo la estructura jerárquica interna de los Ministerios y entidades dependientes.
El Presidente de la República podrá designar hasta dos Ministros sin Cartera, para formular y ejecutar políticas específicas. Para este fin, asignará, mediante decreto presidencial, el ámbito y las atribuciones ministeriales establecidas en esta Ley.
El Presidente de la Republica podrá designar representantes presidenciales sin atribuciones ministeriales para que se encarguen de tareas específicas asignadas en la correspondiente Resolución Suprema de nombramiento. No contarán con estructura orgánica jerárquica, excepto en el nivel de asesoramiento y apoyo.
ARTICULO 3. Son atribuciones y obligaciones generales de los Ministros:
Asistir a las reuniones del Consejo de Ministros y a otros consejos o instancias de coordinación, según determine el Poder Ejecutivo en el reglamento correspondiente.
Implementar los sistemas de administración y control gubernamental vigentes.
Responder los informes escritos y prestar informes orales e interpelaciones al plenario de las Cámaras Legislativas.
Elaborar el proyecto de presupuesto de su Ministerio, concurrir a la elaboración del Presupuesto General de la Nación y rendir cuentas de su ejecución.
Dictar normas relativas al ámbito de su competencia y resolver en última instancia, todo asunto administrativo que corresponda al Ministerio.
Firmar Decretos Supremos y refrendar las Resoluciones Supremas relativas a su despacho.
Proponer al Presidente de la República, en el área de su competencia, políticas, estrategias, acciones y proyectos de normas legales, así como programas operativos, presupuestos y requerimientos financieros.
Presentar al Presidente de la República, al Consejo de Ministros y a otros consejos o instancias de coordinación, los proyectos correspondientes a su área de competencia.
Designar y remover al personal de su Ministerio, de conformidad con las normas y procedimientos establecidos para el sector público.
Coordinar con los otros Ministros los asuntos de interés compartido.
Elevar ante el Presidente de la República la memoria y cuenta anual de su Ministerio, para su presentación al Congreso.
Cumplir con lo estipulado en las normas vigentes de evaluación y resultados.
Garantizar la transparencia de información de sus acciones y la administración de recursos a los ciudadanos.
Participar en la elaboración de la estrategia nacional de desarrollo.
Ejercer las demás atribuciones que establece la legislación nacional.
ARTICULO 4. Los Ministros de Estado tendrán las siguientes atribuciones específicas:
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTOS
Formular, coordinar y ejecutar la política exterior del Estado, administrar las relaciones exteriores con los sujetos de Derecho Internacional Público, sobre la base de los principios de respeto a la soberanía e integridad territorial, no agresión, no intervención de un país en los asuntos internos de otros, igualdad y beneficio recíproco, y coexistencia pacífica basada en el respeto a la autodeterminación de los pueblos.
Negociar y suscribir tratados y convenios internacionales, en el marco de las políticas definidas por el Presidente de la República.
Promover la negociación y suscripción de tratados y convenios internacionales en materia de derechos humanos, económica, comercial, cultural, turística y otros.
Representar y coordinar la participación boliviana en foros políticos internacionales y procesos de integración regional, continental y mundial.
Asumir la defensa permanente del derecho boliviano a su reintegración marítima.
Atender las relaciones del Estado con la Iglesia Católica y demás cultos religiosos.
Formular y ejecutar, mediante el servicio exterior, políticas y acciones referidas a negociaciones económicas, comerciales, promover las exportaciones y atraer inversiones, dirigir una política comercial internacional para consolidar y abrir nuevos mercados extranjeros en coordinación con los Ministerios correspondientes.
Representar al Estado boliviano en litigios internacionales.
Coordinar, con otros Ministerios e instituciones del Estado, la participación boliviana en foros internacionales.
Formular y ejecutar, mediante el servicio exterior, políticas y acciones destinadas a promover y velar los intereses de los ciudadanos bolivianos en el extranjero.
Conducir y coordinar las negociaciones internacionales sobre delimitaciones y demarcaciones de las fronteras internacionales de Bolivia.
Promover, negociar y consolidar los vínculos de cooperación económica y técnica con países amigos e instituciones, así como con otros donantes internacionales en coordinación con las entidades nacionales correspondientes.
Fomentar y promover la política de interrelacionamiento de las organizaciones sociales legítima, legal y democráticamente establecidas en los diferentes Estados, con sus pares bolivianos.
Coordinar con el Ministro de Planificación del Desarrollo el seguimiento y evaluación a la estrategia nacional de desarrollo.
MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Coordinar las acciones político - administrativas de la Presidencia de la República con los Ministros de Estado, Prefecturas de Departamento, Municipios y Comunidades.
Coordinar las relaciones con el Poder Legislativo.
Coordinar la relación del Poder Ejecutivo con los Movimientos Sociales y la Sociedad Civil.
Establecer y coordinar las actividades del Consejo de Ministros y de otros consejos o instancias de coordinación del Poder Ejecutivo, de acuerdo con las instrucciones presidenciales.
Orientar, coordinar y supervisar acciones y políticas con los demás Ministros de Estado, de acuerdo con la instrucción presidencial.
Formular políticas de seguimiento y control de la organización y reforma del Poder Ejecutivo.
Promover políticas públicas orientadas a la gestión, prevención y resolución de conflictos.
Actuar como custodio y mantener el archivo de leyes, decretos y resoluciones supremas, y promover el desarrollo normativo, la sistematización y actualización de la legislación.
Desarrollar e implementar políticas orientadas a profundizar el proceso de descentralización, concertadas con actores políticos, sociales, culturales, económicos y territoriales.
Establecer la concordancia y respeto de las competencias nacionales y subnacionales de gobierno, establecidas como derechos a los que las regiones y pueblos puedan acceder, cumpliendo requisitos que garanticen la capacidad administrativa, solidaridad con otras regiones y unidad del Estado Nacional.
Formular, ejecutar y coordinar políticas dirigidas a fortalecer la gestión y el desarrollo departamental y municipal, con las Prefecturas, Gobiernos Municipales, naciones y comunidades originarias, con presencia equilibrada y equitativa de todas las culturas y comunidades lingüísticas, en la administración pública nacional.
MINISTRO DE GOBIERNO
Plantear, dirigir y coordinar políticas para la seguridad pública del Estado, precautelando el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, el orden público y la paz social, inherentes al Estado social y democrático de derecho.
Planificar y coordinar con los Prefectos y la Policía Nacional el Régimen de Políticas de Seguridad Pública en los Departamentos.
Dirigir a la Policía Nacional de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 216 de la Constitución Política del Estado.
Formular, dirigir, coordinar y administrar políticas en los ámbitos:
- Migratorio.
- Seguridad Pública, de prevención y represión del delito.
- Régimen Penitenciario, rehabilitación y reinserción social elaborando una política nacional contra el crimen.
Diseñar y desarrollar políticas integrales de lucha contra el narcotráfico.
Establecer y coordinar políticas de cooperación policial internacional de lucha contra el crimen organizado.
MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL
Establecer el desarrollo de la Política de Defensa Nacional y la modernización de las capacidades de defensa.
Transmitir a las Fuerzas Armadas de la Nación las órdenes presidenciales en el orden administrativo y coordinar su cumplimiento con el Comando en Jefe.
Formular políticas de investigación y desarrollo de la ciencia y tecnología en el campo de la defensa.
Garantizar el control y vigilancia de las fronteras, y la defensa de los recursos naturales estratégicos.
Promover políticas de derechos humanos en las Fuerzas Armadas y preservar el comportamiento y adhesión a los valores del Estado social y democrático de derecho.
Elaborar y administrar el Presupuesto de las Fuerzas Armadas de la Nación, y representarlas ante los poderes públicos.
Velar por la disciplina y justicia militar, a través de los tribunales correspondientes, así como por el desarrollo integral de sus recursos humanos.
Contribuir al desarrollo integral del país en coordinación con otros Ministerios.
Precautelar la navegación aérea, fluvial y lacustre, en coordinación con el Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, y promover los derechos marítimos de la Nación.
Ejecutar acciones de defensa civil, de reducción de riesgos y atención de desastres y emergencias.
Contribuir y coordinar acciones dirigidas a la defensa del medio ambiente.
Coordinar con el Ministerio de Planificación del Desarrollo el seguimiento y evaluación a la estrategia nacional de desarrollo.
MINISTRO DE JUSTICIA
Coordinar las relaciones del Poder Ejecutivo con el Poder Judicial (Corte Suprema, Tribunal Constitucional y Consejo de la Judicatura), Ministerio Público y Defensor del Pueblo, mediante acciones tendentes a mejorar la administración de justicia.
Formular y ejecutar políticas de lucha contra la corrupción.
Ejercer tuición orgánica y administrativa sobre el Servicio Nacional de Defensa Pública.
Diseñar y ejecutar políticas nacionales de defensa, protección de los derechos humanos, de los derechos del niño, niña y adolescentes, de personas de la tercera edad y personas con discapacidad, y otros grupos vulnerables.
Formular y coordinar políticas de Género y Generacionales.
Plantear políticas, normas y programas para apoyar y fortalecer la institucionalización del sistema de justicia comunitaria en todo el territorio nacional.
Implementar programas y proyectos para el acceso a la justicia y a la información pública.
Recopilar y reordenar la legislación nacional dispersa y poner al servicio de los poderes del Estado y de la ciudadanía.
MINISTRO DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO
Planificar y coordinar el desarrollo integral del país, mediante la elaboración, coordinación y seguimiento de la estrategia nacional del desarrollo económico, social y cultural en relación con los Ministerios correspondientes.
Definir políticas para fortalecer la presencia del Estado como actor productivo y financiero para la redistribución de la riqueza económica.
Desarrollar políticas de planificación y ordenamiento territorial y medio ambiente.
Formular y coordinar las políticas y estrategias de desarrollo productivo y social.
Ejercer las facultades de órgano rector de los Sistemas Nacionales de Planificación, Inversión Pública y Financiamiento.
Elaborar políticas presupuestarias sobre la base de las estrategias del desarrollo nacional en coordinación con los demás ministerios y otras entidades.
Plantear políticas y estrategias de inversión pública y financiamiento para el desarrollo nacional.
Realizar el seguimiento de los Sistemas Nacionales de Inversión Pública de Planificación y Financiamiento.
Articular los Planes de Desarrollo Municipal (PDM) y Planes Departamentales de Desarrollo Económico y Social (PDDES) con la Estrategia Nacional de Desarrollo Económico y Social.
Plantear y desarrollar políticas de ciencia y tecnología.
Gestionar convenios de financiamiento externo, de Cooperación Económica y Financiera Internacional.
MINISTRO DE HACIENDA
Formular, ejecutar y controlar la política fiscal nacional en materia de tesorería, crédito público, contabilidad integrada, elaboración y ejecución presupuestaria, política tributaria y arancelaria.
Ejercer las facultades de autoridad fiscal y órgano rector de los Sistemas de Programación de Operaciones, Organización Administrativa, Presupuesto, Administración de Personal, Administración de Bienes y Servicios, Tesorería y Crédito Público y Contabilidad Integrada.
Coordinar la política monetaria, bancaria y crediticia con el Banco Central de Bolivia.
Diseñar políticas en materia de intermediación financiera, servicios financieros, pensiones, valores y seguros.
Administrar el pago de pensiones del Sistema de Reparto.
Elaborar el proyecto de Presupuesto General de la Nación en coordinación con los demás ministros de Estado y otras instituciones públicas, en el marco de los lineamientos y políticas diseñados por el Ministerio de Planificación del Desarrollo.
Controlar el cumplimiento de las políticas nacionales de ejecución presupuestaria de todas las entidades públicas que perciben recursos del Tesoro General de la Nación.
Coordinar con el Ministerio de Planificación del Desarrollo el seguimiento y evaluación a la estrategia nacional de desarrollo.
MINISTRO DEL AGUA
Diseñar y desarrollar la Estrategia Nacional del Agua y de los recursos hídricos, en función de la estrategia de defensa de la soberanía y seguridad nacionales.
Formular y ejecutar una política integral y sostenible de los recursos hídricos, para garantizar el derecho humano de acceso al agua de toda la población, y preservar el medio ambiente respetando la diversidad cultural.
Plantear y ejecutar, evaluar y fiscalizar las políticas y planes de servicio de agua potable y saneamiento básico, riego y manejo de cuencas, aguas internacionales y transfronterizas, así como el aprovechamiento de todos los usos de agua, en coordinación con los ministerios de Relaciones Exteriores y Cultos y de Planificación del Desarrollo.
Tener tuición, participar e intervenir en la regulación de los diferentes usos del agua y servicios básicos de agua potable y saneamiento básico.
Presidir y asumir la representación del Poder Ejecutivo en el Servicio Nacional de Riego (SENARI) y Consejo Interinstitucional del Agua (CONIAG).
Coordinar los planes nacionales, departamentales, regionales y municipales en todos los usos y servicios del agua.
Coordinar con el Ministerio de Planificación del Desarrollo el seguimiento y evaluación a la estrategia nacional de desarrollo.
MINISTRO DE PRODUCCION Y MICROEMPRESA
Diseñar una estrategia y política nacional de desarrollo productivo en coordinación con el Ministerio de Planificación del Desarrollo.
Construir una matriz productiva con capacidad de asegurar la generación de empleos estables, formular y ejecutar políticas dirigidas a promover encadenamientos productivos en todo el territorio nacional.
Plantear y ejecutar políticas dirigidas a buscar el acceso a mercados nacionales y externos; y, promoción de compras estatales para la producción artesanal e industrial de la micro, pequeña, mediana y gran empresa, tanto urbana como rural.
Diseñar y ejecutar políticas de promoción de las exportaciones y apertura de mercado, en el marco de los convenios y tratados suscritos por el Estado Boliviano cuando sea pertinente.
Impulsar políticas públicas para el desarrollo y promoción del Turismo inclusivo, sostenible y competitivo.
Estructurar y coordinar con el Ministerio de Planificación del Desarrollo una institucionalidad estatal para el financiamiento del desarrollo, así como acciones de apoyo a la gestión tecnológica empresarial productiva.
Generar políticas públicas para elevar la productividad y competitividad de la artesanía, micro y pequeña empresa.
Coordinar con el Ministerio de Planificación del Desarrollo el seguimiento y evaluación a la estrategia nacional de desarrollo.
MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA
Formular una estrategia nacional de desarrollo en coordinación con el Ministerio de Planificación del Desarrollo.
Promover y negociar tratados y convenios nacionales e internacionales en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos, en el marco de las políticas definidas por el señor Presidente de la República y el Ministerio de Planificación del Desarrollo, referidas a Urbanismo y Vivienda, Transportes, Telecomunicaciones y Energías.
Plantear políticas de seguimiento, regulación y control de las áreas de su competencia.
Diseñar y generar normativas específicas que permitan el acceso equitativo a servicios públicos.
Formular planes y programas de vivienda, priorizando los de interés social, el mejoramiento urbano y, en general, las condiciones de vida de los sectores sociales más deprimidos.
Formular, ejecutar y evaluar políticas de telecomunicaciones, energía y transporte, tanto fluvial y lacustre como terrestre y aéreo.
Coordinar con el Ministerio de Planificación del Desarrollo el seguimiento y evaluación a la estrategia nacional de desarrollo.
MINISTRO DE DESARROLLO RURAL, AGROPECUARIO
Y MEDIO AMBIENTE
Formular una política y Estrategia Nacional de Desarrollo Rural y Agropecuario, en coordinación con el Ministerio de Planificación del Desarrollo.
Plantear políticas y planes para el uso sostenible e incremento de los recursos naturales renovables.
Diseñar la política nacional de tierras y territorio.
Supervisar el trabajo del Instituto Nacional de Reforma Agraria, convocar y dirigir la Comisión Agraria Nacional, y supervisar a las Comisiones Agrarias Departamentales.
Estructurar políticas y planes de aprovechamiento y conservación del Medio Ambiente, de la biodiversidad y de los recursos forestales.
Supervisar y evaluar el trabajo del Servicio Nacional de Areas Protegidas.