LEY Nº 3373
LEY DE 23 DE MARZO DE 2006
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1. Se declara de prioridad nacional, la prevención y recuperación de especies de la Serranía del Aguaragüe.
ARTICULO 2. Se encomienda al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Planificación del Desarrollo y de las Prefecturas Departamentales de Santa Cruz, Tarija y Chuquisaca, realizar los estudios de microcaracterización biofísica de la Serranía del Aguaragüe, los que deberán ser concluidos hasta el 24 de septiembre de 2006.
ARTICULO 3. Se encarga al Poder Ejecutivo incluir en el Presupuesto 2006 los proyectos y estudios de microcaracterización biofísica de la Serranía del Aguaragüe.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los nueve días del mes de febrero de dos mil seis años.
Fdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Félix Rojas Gutiérrez, Oscar Chirinos Alanoca, Jorge Milton Becerra Monje.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de marzo de dos mil seis años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Villegas Quiroga.