LEY Nº 3375
LEY DE 4 DE ABRIL DE 2006
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1. Se declara al “Charango más Grande del Mundo”, ubicado en la localidad de Villa Serrano, Provincia Belisario Boeto del Departamento de Chuquisaca, como Patrimonio Cultural de Bolivia.
ARTICULO 2. Se autoriza al Poder Ejecutivo mediante el Viceministerio de Cultura, Prefectura del Departamento de Chuquisaca y al Gobierno Municipal de Villa Serrano, consignar en su presupuesto de cada gestión, el monto necesario para el mantenimiento, custodia y preservación del mismo.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintitrés días del mes de marzo de dos mil seis años.
Fdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Jorge Aguilera Bejarano, Félix Rojas Gutiérrez, Oscar Chirinos Alanoca, Alex Cerrogrande Acarapi.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de abril de dos mil seis años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Félix Patzi Paco.