LEY Nº 3498
LEY DE 18 DE OCTUBRE DE 2006
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- De conformidad con el artículo 59, atribución 12ª, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la ratificación del “Acta de Entendimiento entre el Gobierno de la República de Bolivia y el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, para la Colocación de Bonos del Tesoro General de la Nación de la República de Bolivia”, suscrito en la ciudad de La Paz, el 26 de mayo de 2006.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los once días del mes de octubre de dos mil seis años.
Fdo. Santos Ramírez Velarde, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Félix Rojas Gutiérrez, Oscar Chirinos Alanoca, Jorge Milton Becerra Monje.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de octubre de dos mil seis años.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora.