LEY Nº 1328
LEY DE 02 DE SEPTIEMBRE DE 2020
MÓNICA EVA COPA MURGA
PRESIDENTA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. (APROBACIÓN DE CATORCE (14) CONTRATOS ADMINISTRATIVOS MINEROS).
I. De conformidad con lo establecido en el numeral 12 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, y el Artículo 132 de la Ley N° 535 de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, se aprueba los siguientes Contratos Administrativos Mineros suscritos por la Dirección Regional Potosí – Chuquisaca de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM, con los distintos Actores Productivos Mineros, bajo el siguiente detalle:
1. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRPT-CH/CAM/0042/2018, suscrito con la Empresa Unipersonal: MARANG CORP. correspondiente al área denominada MARANG CORP., con código único 2006862, compuesta por cinco (5) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Pocoata de la Provincia Chayanta del Departamento de Potosí.
2. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRPT-CH/CAM/0045/2018, suscrito con la Empresa: PARGO METALS S.R.L. correspondiente al área denominada MISKI YACU, con código único 2005869, compuesta por dos (2) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Tomave de la Provincia Antonio Quijarro del Departamento de Potosí.
3. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRPT-CH/CAM/0046/2018, suscrito con la EMPRESA: MINERA PERPETUO SOCORRO S.R.L. correspondiente al área denominada MINA PERPETUO SOCORRO, con código único 2006467, compuesta por once (11) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de Potosí y Tacobamba de las Provincias Tomás Frías y Cornelio Saavedra del Departamento de Potosí.
4. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRPT-CH/CAM/0049/2018, suscrito con la EMPRESA MINERA LIBRA S.R.L. correspondiente al área denominada LIBRA I, con código único 2004086, compuesta por cuatro (4) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Caiza “D” de la Provincia José María Linares del Departamento de Potosí.
5. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRPT-CH/CAM/0052/2018, suscrito con la Empresa Unipersonal: EMPRESA MINERA MAGDALENA ACUÑA CHOQUE correspondiente al área denominada SAN PABLO CARLOS, con código 2009293, compuesta por una (1) cuadrícula, ubicadas en el Municipio de Camargo de la Provincia Nor Cinti del Departamento de Chuquisaca.
6. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRPT-CH/CAM/0053/2018, suscrito con la Empresa Unipersonal: GREGORIA JULIA VALLEJOS MENACHO correspondiente al área denominada CHOQUEVALLE, con código único 2009279, compuesta por seis (6) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Caiza “D” de la Provincia José María Linares del Departamento de Potosí.
7. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRPT-CH/CAM/0054/2018, suscrito con la EMPRESA MINERA MARCKAWI S.R.L. correspondiente al área denominada MINA MARCKAWI, con código único 2007740, compuesta por cuatro (4) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Tinguipaya de la Provincia Tomás Frías del Departamento de Potosí.
8. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRPT-CH/CAM/0055/2018, suscrito con la Empresa Unipersonal: JUAN CARLOS FAJARDO FIGUEROA correspondiente al área denominada FIGUEROA, con código único 2007486, compuesta por tres (3) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Tomave de la Provincia Antonio Quijarro del Departamento de Potosí.
9. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRPT-CH/CAM/0043/2018, suscrito con la COOPERATIVA MINERA “KUNTI” R.L. correspondiente al área denominada KUNTI I, con código único 2003322, compuesta por doce (12) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Caiza “D” de la Provincia José María Linares del Departamento de Potosí.
10. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRPT-CH/CAM/0044/2018, suscrito con la COOPERATIVA MINERA “NUEVA UNCÍA” R.L. correspondiente al área denominada MINA CHALLAMAYU, con código único 2006905, compuesta por diez (10) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Tinguipaya de la Provincia Tomás Frías del Departamento de Potosí.
11. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRPT-CH/CAM/0047/2018, suscrito con la COOPERATIVA MINERA “MINAS LOMA” R.L. correspondiente al área denominada MINAS LOMA I, con código único 2006931, compuesta por diez (10) cuadrículas, ubicadas en los Municipios de Toro Toro y Mizque de las Provincias Charcas y Mizque del Departamento de Potosí y Cochabamba.
12. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRPT-CH/CAM/0048/2018, suscrito con la COOPERATIVA MINERA “SAN ANDRÉS” R.L. correspondiente al área denominada LOS TRES REYES, con código 2005495, compuesta por dos (2) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Potosí de la Provincia Tomás Frías del Departamento de Potosí.
13. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRPT-CH/CAM/0050/2018, suscrito con la COOPERATIVA MINERA “SAN ROMÁN CHOQUECAYARA” R.L. correspondiente al área denominada CANDELARIA COLQUEPUNTA I, con código único 2008419, compuesta por ocho (8) cuadrículas, ubicadas en el Municipio Colquechaca de la Provincia Chayanta del Departamento de Potosí.
14. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRPT-CH/CAM/0051/2018, suscrito con la COOPERATIVA MINERA “SAN ANDRÉS” R.L. correspondiente al área denominada SAN ISIDRO COPA II, con código 2006087, compuesta por dos (2) cuadrículas, ubicadas en el Municipio Potosí de la Provincia Tomás Frías del Departamento de Potosí.
II. Las características y datos técnicos de las áreas mineras y los respectivos contratos previstos en el Parágrafo precedente, se encuentran detallados en el Anexo adjunto a la presente norma.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.
Fdo. Adriana Salvatierra Arriaza, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Omar Paul Aguilar Condo, Eliana Mercier Herrera, Sandra Cartagena Lopez, Nelly Lenz Roso.
Por tanto, en ejercicio de la potestad conferida por el numeral 12, Articulo 163 de la Constitución Política del Estado la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Presidencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil veinte.
FDO. MÓNICA EVA COPA MURGA
PRESIDENTA DE LA ASAMBLEA PLURINACIONAL