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Resolución Normativa de Directorio 101700000006
Publicación Nro. SIN062017
Fecha publicación: viernes 17 de marzo 2017
Modifica el parágrafo iv del artículo 15 de la resolución normativa de directorio N° 10-0021-16 de 1 de julio de 201 sobre el sistema de facturación virtual (SFV) y determina que la emisión de facturas deberá realizarse en papel que garantice la legibilidad y nitidez de la información a partir de su emisión, prohibiéndose el uso de papel térmico y que la emisión de facturas y notas fiscales cuyo importe sea igual o mayor a bs 300.- (trescientos 00/100 bolivianos) obligatoriamente debe consignar el número de identificación tributaria NIT o cédula de identidad y el nombre o razón social del comprador (cliente).