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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL 331
Publicación Nro. S/N
Fecha publicación: lunes 1 de enero 2018
Se establece la vigencia y consiguiente obligación de cumplimiento del Decreto Supremo 3060 de 17 de mayo de 1952, por parte de las empresas y empleadores del sector fabril que dispone que el 18 de mayo sea conmemorable al Trabajador Fabril, con suspensión de actividades en los establecimientos fabriles desde las 0 a 24 horas.