Página 1 de 1 de un total de 1
Decreto Supremo 5106
Publicación Nro. 1725NEC
Fecha publicación: miércoles 17 de enero 2024
Se dispone que la comercialización de combustibles líquidos destinados a vehículos con placas nacionales y/o extranjeras, utilizados para el Transporte Internacional de Pasajeros por Carretera y el Transporte Internacional de Mercancías por Carretera, que se encuentren autorizados y registrados en el marco regulatorio de la Comunidad Andina, se realizará conforme al precio internacional establecido por la Agencia Nacional de Hidrocarburos – ANH.