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Circular AN 274.2019
Publicación Nro. AN2742019
Fecha publicación: jueves 5 de diciembre 2019
Remite Resoluciones Administrativas emitidas en el marco del Literal Segundo de la Resolución de Directorio N° RD 01-017-08 de 17/10/2008 (Circular N° 302/2008), que señala que las administraciones aduaneras podrán considerar la suspensión del cómputo de plazos en todas aquellas operaciones y trámites aduaneros que se hubiesen visto directamente afectados por la toma de instituciones y bloqueo de caminos, viabilizándose en consecuencia, su regularización y conclusión.