Página 42 de 331 de un total de 3303

Resolución Normativa de Directorio 10.0036.08

Publicación Nro. SIN362008

 

Fecha publicación: viernes 21 de noviembre 2008


Determina la prórroga hasta el día 17 de septiembre de 2008, del plazo para la presentación de declaraciones juradas, pago de impuestos y demás obligaciones impositivas, de los sujetos pasivos y/o terceros responsables constituidos en las jurisdicciones de la gerencia distrital Yacuiba y la agencia local tributaria de Villamontes, cuyos números de identificación tributaria terminan en los dígitos cero (0), uno (1), dos (2) y tres (3)

Resolución Normativa de Directorio 10.0037.08

Publicación Nro. SIN372008

 

Fecha publicación: viernes 21 de noviembre 2008


Determina la prórroga de los plazos de presentación de declaraciones juradas y pago de impuestos de los sujetos pasivos o terceros responsables registrados dentro la jurisdicción de la ciudad de Trinidad

Resolución Normativa de Directorio 10.0038.08

Publicación Nro. SIN382008

 

Fecha publicación: viernes 21 de noviembre 2008


Determina la prórroga hasta el 8 de agosto de 2008, para los plazos de presentación de declaraciones juradas, pago de impuestos y demás obligaciones tributarias de los sujetos pasivos o terceros responsables registrados en la jurisdicción de la ciudad de Santa Cruz.

Resolución Normativa de Directorio 10.0041.08

Publicación Nro. SIN412008

 

Fecha publicación: lunes 22 de diciembre 2008


Actualiza el monto del impuesto a las salidas aéreas al exterior (ISAE) en Bs. 217 (doscientos diecisiete 00/100 bolivianos), aplicable a partir del 1 de enero de 2009.

Resolución Normativa de Directorio 10.0042.08

Publicación Nro. SIN422008

 

Fecha publicación: lunes 22 de diciembre 2008


Actualiza los montos que deben tributar los sujetos pasivos del impuesto a los consumos específicos (ICE) señalados en los incisos a) y b) del artículo 81 de la Ley Nº 843 (texto ordenado vigente), por los productos gravados con tasas específicas por unidad de medida a partir del 1 de enero de 2009.

Resolución Normativa de Directorio 10.0043.08

Publicación Nro. SIN432008

 

Fecha publicación: viernes 26 de diciembre 2008


Actualiza la alícuota máxima del impuesto especial a los hidrocarburos y sus derivados (IEHD) en Bs 5.02 (cinco 02/100 bolivianos) al 31 de diciembre de 2008, que deberá ser utilizada por la Superintendencia de Hidrocarburos.

Resolución Normativa de Directorio 10.0044.08

Publicación Nro. SIN442008

 

Fecha publicación: viernes 26 de diciembre 2008


Actualiza el monto establecido por el decreto supremo Nº 28988 de 29 de diciembre de 2006 por concepto del impuesto sobre las utilidades de las empresas (IUE), en Bs. 3.076 (tres mil setenta y seis 00/100 bolivianos), que deberá ser pagado por los sujetos pasivos o terceros responsables que prestan servicio público de transporte interdepartamental de pasajeros y carga.

Resolución Normativa de Directorio 10.0001.09

Publicación Nro. SIN012009

 

Fecha publicación: miércoles 7 de enero 2009


Complementa el procedimiento de registro de vehículos establecido en el artículo 2 de la resolución normativa de directorio Nº 10-0003-07 de 28 de febrero de 2007, que debe ser cumplido únicamente por personas naturales afiliadas o no a líneas sindicales que presten el servicio de transporte interdepartamental de carga considerando la capacidad de carga o arrastre de sus vehículos.

Resolución Normativa de Directorio 10.0002.09

Publicación Nro. SIN022009

 

Fecha publicación: viernes 30 de enero 2009


Determina la prórroga hasta el día 9 de febrero de 2009, la presentación de declaraciones juradas y pago de impuestos de los sujetos pasivos o terceros responsables, con plazo de vencimiento entre los días 2 y 6 de febrero de 2009.

Resolución Normativa de Directorio 10.0003.09

Publicación Nro. SIN032009

 

Fecha publicación: jueves 2 de abril 2009


Amplía hasta el 30 de abril de 2009, el plazo dispuesto en el artículo 2 de la resolución normativa de directorio Nº 10-0001-09 de 7 de enero de 2009, para que las personas naturales afiliadas o no a líneas sindicales que presten el servicio de transporte interdepartamental de carga que ya cuenten con registro o ingresen al rubro, registren la capacidad de carga o arrastre de sus vehículos.