LEY Nº 3748
LEY DE 8 DE OCTUBRE DE 2007
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.- Declárase de prioridad departamental la ejecución del Proyecto de recuperación de tierras a orillas de Río Mizque en la jurisdicción del Municipio de Omereque, debiendo la Prefectura del Departamento de Cochabamba, asignar los recursos económicos que correspondan para su efectivización.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de septiembre de dos mil siete años.
Fdo. José Villavicencio Amurúz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodríguez Calvo, Paulo Bravo Alencar, Filemón Aruni Gonzáles, Orlando P. Miranda Valverde.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de octubre de dos mil siete años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.