DECRETO SUPREMO Nº 29558
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que conforme a lo establecido en el Parágrafo III del Artículo 147 de la Constitución Política del Estado, se aprobó el Presupuesto General de la Nación Gestión 2008 por fuerza de Ley, disponiendo en su Artículo 12 que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, está autorizado a inscribir y/o incrementar el gasto en las partidas 25200 “Estudios e Investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión”, cuyo financiamiento provenga de recursos de donación externa, según lo establecido en los convenios respectivos; asimismo, señala que para las demás fuentes de financiamiento se deberá aprobar un Decreto Supremo específico que autorice la inscripción de los recursos adicionales.
Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042 de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, señala que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
Que el Reglamento de Modificaciones Presupuestarias aprobado por Decreto Supremo Nº 27849 de 12 de noviembre de 2004, establece los procedimientos y responsables para elaborar, presentar, aprobar y registrar las modificaciones al Presupuesto General de la Nación aprobado para cada ejercicio fiscal; las modificaciones presupuestarias requeridas en cada entidad pública deberán ser aprobadas por Resolución de su máxima instancia resolutiva legalmente facultada.
Que mediante Ley Nº 2375 de 22 de mayo de 2002, se aprueba el Contrato de Préstamo BID 1099/SF-BO, suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID por $us21.000.000.- (VEINTIUN MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS) destinados a financiar el proyecto de “Protección Ambiental y Social en el Corredor Santa Cruz – Puerto Suárez”, a ser ejecutado por el Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación a través de una Unidad Ejecutora del Proyecto. El Contrato de Préstamo, determina que el prestatario debe aportar oportunamente con todos los recursos adicionales a los del Préstamo que se necesiten para la completa e ininterrumpida ejecución del Proyecto, debiendo demostrar al Banco, en los primeros sesenta (60) días de cada año calendario, la disposición oportuna de los recursos necesarios de contribución local al Proyecto para cada gestión.
Que mediante Decreto Supremo Nº 27585 de 21 de junio de 2004, se transfiere la ejecución del proyecto “Protección Ambiental y Social en el Corredor Santa Cruz – Puerto Suárez” a la Prefectura del Departamento de Santa Cruz y autoriza al Ministerio de Hacienda, transferir los fondos de contraparte nacional destinados al referido Proyecto.
Que en fecha 20 de abril de 2005, se suscribe la Enmienda al Convenio Subsidiario BID 1099/SF-BO, entre el Ministerio de Hacienda y la Prefectura del Departamento de Santa Cruz, con el objeto de reflejar en el Convenio Subsidiario de 31 de julio de 2002, el cambio de Entidad Ejecutora del Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación por la Prefectura del Departamento de Santa Cruz.
Que la Prefectura del Departamento de Santa Cruz debe inscribir el presupuesto para proyectos de inversión que no fueron inscritos en el Presupuesto General de la Nación – 2008. En este marco, requiere incrementar recursos en la subpartida 46210 “Consultoría por Producto para Construcciones de Bienes de Dominio Público”, a través de una transferencia del Tesoro General de la Nación – TGN; recursos que serán utilizados como contraparte local de consultorías del proyecto “Protección Ambiental y Social en el Corredor Santa Cruz – Puerto Suárez”.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Santa Cruz incrementar la subpartida 46210 “Consultoría por Producto para Construcciones de Bienes de Dominio Público” por Bs1.175.000.- (UN MILLÓN CIENTO SETENTA Y CINCO MIL 00/100 BOLIVIANOS), a través del traspaso interinstitucional que realizará el Tesoro General de la Nación – TGN, afectando la partida 77400 “Transferencias de Capital a Prefecturas por Subsidios o Subvenciones”, para el pago de consultorías del proyecto “Protección Ambiental y Social en el Corredor Santa Cruz – Puerto Suárez”, de acuerdo al Anexo adjunto y de conformidad al Artículo 12 del Presupuesto General de la Nación Gestión 2008 aprobado por fuerza de Ley.
Los Señores Ministros de Estado, en los Despachos de la Presidencia y de Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de mayo del año dos mil ocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RR. EE. Y CULTOS, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Graciela Toro Ibañez, Luis Alberto Arce Catacora, René Gonzalo Orellana Halkyer, Angel Javier Hurtado Mercado, Oscar Coca Antezana, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, Maria Magdalena Cajías de la Vega, Walter Selum Rivero.