LEY Nº 4135
LEY DE 29 DE DICIEMBRE DE 2009
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Declárase de prioridad departamental y municipal, la ejecución de proyectos de agua potable y alcantarillado sanitario con su respectiva planta de tratamiento de aguas residuales en la Estación Avaroa del Municipio de San Pedro de Quemes de la Provincia Nor Lípez del Departamento de Potosí.
Artículo 2. Autorízase a la Prefectura del Departamento de Potosí, para que en coordinación con el Gobierno Municipal de San Pedro de Quemes, realice el estudio a diseño final y la ejecución de los proyectos de agua potable, alcantarillado sanitario y planta de tratamiento de aguas residuales en la Estación Avaroa de la Provincia Nor Lípez del Departamento de Potosí.
Artículo 3. A tal efecto la prefectura del Departamento de Potosí en coordinación con el Municipio de San Pedro de Quemes, deberán realizar las gestiones necesarias para la obtención de recursos económicos que posibiliten la ejecución de las obras a partir de la promulgación de la presente Ley.
Remítase al Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiséis días del mes de noviembre de dos mil nueve años.
Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Orlando Careaga Alurralde, Santos Javier Tito Veliz, Martín Mollo Soto, Segundo Tobias Mayda Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de diciembre de dos mil nueve años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Romero Bonifaz, René Gonzalo Orellana Halkyer.