Sistema de Legislación Empresarial
Publicación Nro. 581NEC de fecha martes 12 de noviembre 2013
Confederación de Empresarios Privados de Bolivia
Texto de Consulta

DECRETO SUPREMO N? 3453

LEY Nº 433

LEY DE 11 DE NOVIEMBRE DE 2013

 

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1. Se autoriza al Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y del Liquidador de los ex-Entes Gestores de la Seguridad Social, la transferencia, a título oneroso, de tres predios con una extensión superficial de 10.000,00 m² cada uno, haciendo un total de 30.000,00 m², que colinda con la urbanización Estrella del Norte, ubicados en el exfundo “Villa Ingenio”, urbanización 18 de mayo de la ciudad de El Alto, en la jurisdicción del municipio de Achocalla de la provincia Murillo del departamento de La Paz, divididos en 89 lotes de terreno, a favor de los beneficiarios descritos en el Anexo de la presente ley, actuales poseedores de los mismos, terrenos del ex-Fondo Complementario de Seguridad Social Fabril, inscritos en Derechos Reales bajo las matrículas computarizadas N° 01208651, 01208652 y 01208653, que pasaron a administración del Estado para su liquidación de acuerdo al Artículo 56 de la Ley N° 1732, subsistente ahora en el Parágrafo II del Artículo 24 de la Ley N° 211, y en el inciso g) de la Disposición Final Segunda de la Ley N° 317, éstas últimas, Leyes del Presupuesto General del Estado.

 

ARTÍCULO 2. El procedimiento y precio para la transferencia de los lotes de terreno señalados en el artículo precedente, estará establecido en el Reglamento Específico que emitirá el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en el plazo improrrogable de treinta (30) días a partir de la publicación de la presente ley.

 

Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines Constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinticuatro días del mes de octubre de dos mil trece años.

 

Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Yusser Rolando Villarroel Garviso, Andrés Agustín Villca Daza, Marcelina Chavez Salazar, Marcelo Elío Chávez, Galo Silvestre Bonifaz.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de noviembre del año dos mil trece.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres.

 

 

 

ANEXO LEY N° 433

Nómina de Adjudicatarios Ex Fundo “Villa Ingenio”