DECRETO SUPREMO N° 2167
ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Artículo 16 de la Constitución Política del Estado, determina que toda persona tiene derecho al agua y a la alimentación; y el Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad alimentaria, a través de una alimentación sana, adecuada y suficiente para toda la población.
Que la Disposición Transitoria Décima Primera de la Ley Nº 144, de 26 de junio de 2011, de la Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria, establece que el Consejo Nacional para la Alimentación y Nutrición – CONAN, en coordinación con los ministerios competentes adecuará a la citada Ley la normativa para la implementación de programas de alimentación y nutrición culturalmente apropiados para todo el ciclo de vida.
Que el Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 28667, de 5 de abril de 2006, señala la conformación del CONAN disponiendo que en caso necesario podrán ser convocados otros Ministerios de Estado.
Que el Parágrafo I del Artículo Único del Decreto Supremo Nº 1254, de 13 de junio de 2012, que modifica el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 28667, de 5 de abril de 2006, señala que el CONAN tiene por objeto impulsar y coordinar la participación de las instituciones del sector público y de la sociedad civil en la elaboración de la Política de Alimentación y Nutrición, así como la difusión, seguimiento e implementación de programas de alimentación y nutrición culturalmente apropiados para todo el ciclo de vida, orientadas a la realización del derecho a la alimentación adecuada.
Que los incisos b) y f) del Artículo 30 y el Artículo 80 del Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, establecen entre otras, las competencias asignadas al Ministerio de Autonomías y Ministerio de Justicia respectivamente.
Que es necesario la emisión de un Decreto Supremo que apruebe la Política de Alimentación y Nutrición para el beneficio de toda la población boliviana.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- (APROBACIÓN DE LA POLÍTICA DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN). El presente Decreto Supremo aprueba la Política de Alimentación y Nutrición, que en Anexo forma parte del mismo.
ARTÍCULO 2.- (MODIFICACIÓN). Se modifica el Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 28667, de 5 de abril de 2006, con el siguiente texto:
“ARTÍCULO 4.- (COMITÉ TÉCNICO DEL CONAN). Se conformará un equipo técnico multisectorial, con la participación de servidores públicos designados por los Ministerios de Estado que conforman el CONAN sumándose a los mismos los servidores públicos designados por los Ministerios de Autonomías y Justicia, para la elaboración y seguimiento de las Políticas definidas por el Consejo.
La forma de trabajo de este comité será establecida en el Reglamento Interno del funcionamiento del CONAN.”
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil catorce.
FDO. ALVARO MARCELO GARCÍA LINERA, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO, Jorge Perez Valenzuela MINISTRO DE GOBIERNO E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Rubén Aldo Saavedra Soto, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera MINISTRA DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL E INTERINA DE AUTONOMÍAS, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Felix Cesar Navarro Miranda MINISTRO DE MINERÍA Y METALURGIA E INTERINO DE JUSTICIA, Daniel Santalla Torrez MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL E INTERINO DE SALUD, José Antonio Zamora Gutiérrez, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACIÓN E INTERINO DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, Nemesia Achacollo Tola, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres, Tito Rolando Montaño Rivera.
CONSEJO NACIONAL DE ALIMENTACION Y NUTRICION
COMITE TECNICO – CONSEJO NACIONAL DE ALIMENTACION Y NUTRICION
Política de Alimentación y Nutrición (PAN)
en el Marco del
Saber Alimentarse para Vivir Bien