DECRETO SUPREMO Nº 0719 0
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Parágrafo I del Artículo 10 de la Constitución Política del Estado, establece que Bolivia es un Estado pacifista, que promueve la cultura de la paz y el derecho a la paz, así como la cooperación entre los pueblos de la región y del mundo, a fin de contribuir al conocimiento mutuo, al desarrollo equitativo y a la promoción de la interculturalidad, con pleno respeto a la soberanía de los Estados.
Que el Plan Nacional de Desarrollo, aprobado por Decreto Supremo Nº 29272, de 12 de septiembre de 2007, define que la política exterior del Estado Plurinacional de Bolivia está orientada, entre otros, a la construcción de una Comunidad Internacional complementaria, más justa, democrática y solidaria.
Que el Artículo 56 del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010, aprobado por expresa disposición del numeral 11 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, determina que en el marco de la solidaridad que rige en las relaciones entre países, así como por desastres naturales, se autoriza al Órgano Ejecutivo a realizar donaciones de mercancías a países amigos, las mismas que serán autorizadas mediante Decreto Supremo.
Que la hermana República Bolivariana de Venezuela, fue azotada por efectos climáticos adversos, que han provocado inundaciones, registrando la pérdida de vidas humanas y daños materiales.
Que ante la magnitud de este siniestro natural, el Estado Plurinacional de Bolivia ha determinado solidarizarse y brindar ayuda humanitaria a este pueblo hermano, en el marco de la política de solidaridad que rige en las relaciones entre países, a fin de mitigar sus efectos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Órgano Ejecutivo realizar donaciones a favor de la República Bolivariana de Venezuela, en el marco de la solidaridad que rige las relaciones entre ambos países.
ARTÍCULO 2.- (DONACIONES)
I. El Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, a través del Ministerio de Defensa, en solidaridad con la hermana República Bolivariana de Venezuela, autoriza la donación de los siguientes ítems, a favor de ese país:
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