DECRETO SUPREMO N°1731
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el numeral 37 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determina que es competencia exclusiva del nivel central del Estado las políticas generales de turismo.
Que el Parágrafo I del Artículo 337 del Texto Constitucional, establece que el turismo es una actividad económica estratégica que deberá desarrollarse de manera sustentable para lo que tomará en cuenta la riqueza de las culturas y el respeto al medio ambiente.
Que el Parágrafo I del Artículo Único del Decreto Supremo Nº 1551, de 10 de abril de 2013, declara de prioridad e interés nacional la realización de la competencia deportiva mundial denominada “Dakar 2014”, que recorrerá el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia.
Que el Parágrafo II del Artículo Único del Decreto Supremo Nº 1551, señala que la Comisión responsable a cargo del “Dakar 2014”, está conformada por los Ministerios de la Presidencia; de Gobierno; de Defensa; de Economía y Finanzas Públicas; de Obras Públicas, Servicios y Vivienda; de Salud y Deportes; de Culturas y Turismo; y de Comunicación, cuyas funciones y atribuciones serán determinadas mediante Resolución Multiministerial.
Que el “Dakar 2014”, evento deportivo internacional, que recorrerá territorio boliviano por primera vez en enero del 2014, se constituye en un mecanismo relevante para difundir y promocionar la imagen del país a nivel mundial, así como sus potenciales turísticos. Asimismo, generará un importante movimiento económico en beneficio de las regiones involucradas y de la sociedad en general, por lo que es necesario dar celeridad a los procesos de contratación que permitan dar viabilidad a dicho evento.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Gobierno Autónomo Departamental de Potosí y a los Gobiernos Autónomos Municipales de Uyuni, Villazón, Tupiza, Tahua y Llica del Departamento de Potosí la contratación directa de obras, bienes y servicios vinculados al evento “Dakar 2014”.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN).
I. Se autoriza la contratación directa de obras, bienes y servicios al Gobierno Autónomo Departamental de Potosí y a los Gobiernos Autónomos Municipales del Departamento de Potosí detallados en el siguiente cuadro:
DESCRIPCIÓN
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