LEY Nº 4153
LEY DE 31 DE DICIEMBRE DE 2009
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. En cumplimiento al artículo 158, numeral 13ª de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz efectuar la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno de 1.900 m2 de superficie, en la zona de Achumani Alto, de la ciudad de La Paz, en favor de Aldeas Infantiles S.O.S. Bolivia, con destino al funcionamiento de reparticiones inherentes a sus objetivos.
Remítase al Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes de diciembre de dos mil nueve años.
Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Orlando Careaga Alurralde, Santos Javier Tito Velíz, Martín Mollo Soto, Segundo Tobías Maida Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de diciembre de dos mil nueve años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Romero Bonifaz, Celima Torrico Rojas.