LEY Nº 4094
LEY DE 21 DE AGOSTO DE 2009
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
Artículo 1. Declárase de prioridad departamental y municipal, la refacción y restauración de la Iglesia de Sepulturas, manteniendo su estructura colonial, ubicada en el Municipio de Soracachi de la Provincia Cercado del Departamento de Oruro.
Artículo 2. Los Ministerios de Educación, Culturas y de Desarrollo Productivo y Economía Plural, la Prefectura del Departamento de Oruro y el Gobierno Municipal de Soracachi, quedan encargados de gestionar los recursos económicos internos y externos para su ejecución, a partir de la promulgación de la presente Ley.
Remítase al Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de agosto de dos mil nueve años.
Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Orlando Careaga Alurralde, Santos Javier Tito Velíz, Martín Mollo Soto, Segundo Tobías Maida Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de agosto de dos mil nueve años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Patricia Alejandra Ballivián Estenssoro, Pablo César Groux Canedo.