LEY Nº 4071
LEY DE 27 DE JULIO DE 2009
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
Artículo 1. Se autoriza a la Prefectura del Departamento del Beni proceda a la transferencia, a título gratuito, en favor del Gobierno Municipal de la Santísima Trinidad, del inmueble lote de terreno, ubicado en el polígono Chetequije, registrado en las oficinas de Derechos Reales, bajo la matrícula Computarizada Nº 8.01.1.010000438 A-2 de fecha 23 de octubre de 2003, con una superficie irregular total de 376.806,48 m2, con los siguientes límites y concordancias:
Al Norte: Con terreno de la Urbanización Bertha II, con 484,05 m, más 74,19 m lineales.
Al Sur: Con la Urbanización María Jesús y parte de la Urbanización Chaparral II, con 620, 25 m.
Al Este: Con terrenos del Colegio Joaquín Hurtado Chávez, Museo Arqueológico Kenneth Lee, Escuela de Bellas Artes, Instituto José del Castillo y Centro de Rehabilitación Chetequije con 99,21 m, más 196,16 m, quebrando hacia el Oeste 19,70 m, siguiendo al Norte 42,20 M, para quebrar nuevamente hacia el Oeste 28,95 m, siguiendo una línea hacia el Norte de 49,81 m, para quebrar hacia el Este 20,98 m, concluyendo en línea recta hacia el Norte de 258,90 m.
Al Oeste: Con la urbanización Magdalena con 664,83 m, Urbanización Cotoca, lote urbano Nº 12, Manzano T, con una superficie de 312,50 m2, de frente por 25 m de fondo, colindante al Norte con el lote Nº 11, lado sur con calle sin nombre, al Este con el lote Nº 14, al Oeste con el lote Nº 10, registrado en Derechos Reales, bajo la matrícula computarizada Nº 8.01.1.01.0005550 A-1 de 26 de marzo de 2004, en favor del Municipio de la Santísima Trinidad.
Artículo 2. Del total del lote de terreno urbano objeto de la presente transferencia, el Municipio de la Santísima Trinidad, destinará la superficie total de 349.045.03 m2, para dotar de lotes de terrenos a las personas damnificadas por la inundación sufrida por el fenómeno de La Niña, los que serán transferidos a título gratuito.
Este terreno tiene los siguientes límites y colindancias:
Al Norte: Con terreno de la Urbanización Bertha II, con 484,05 m, más 74,19 m lineales.
Al Sur: Con la Urbanización Chaparral II y el terreno para la reubicación de las personas de la Junta "El Carmen" con 335.85 m quebrando al Norte con 64.81 m, siguiendo al Este con una línea recta de 105.00 m, para luego quebrar al Norte con 65,00 m, quebrando al Este con 50,00 m, quebrando al Sur, con 65,00 m, concluyendo con una línea recta al Este con 136,08 m.
Al Este: Con terrenos del Museo Arqueológico Kenneth Lee, Escuela de Bellas Artes, Instituto José Del Castillo y Centro de Rehabilitación Chetequije con 169,16 m, quebrando hacia el Oeste 19.70 m, siguiendo al Norte 42.20 m, para quebrar nuevamente hacia el Oeste 28.95 m, siguiendo una línea hacia el Norte de 49.81 m, para quebrar hacia el Este 20.98 m, concluyendo en línea recta hacia el Norte de 258,90 m.
Al Oeste: Con la Urbanización Magdalena con 664.83 m, Urbanización Cotoca, lote urbano Nº 12, manzano T, con una superficie de 312,50 m2, con 12,50 m de frente por 25 m de fondo, colindante al Norte con el lote Nº 11, al Sur con calle sin nombre, al Este con el lote Nº 14, al Oeste con el lote Nº 10.
Artículo 3. Del total del lote de terreno urbano objeto de la presente transferencia, el municipio de la Santísima Trinidad, destinará la superficie total de 26.761.43 m2 para la reubicación de vecinos de la Junta "El Carmen". Los que serán transferidos a título oneroso.
Este terreno tiene los siguientes límites y colindancias:
Al Norte: Con terreno de reubicación para los damnificados, con una línea recta de 105.00 m, para luego quebrar al norte con 65.00 m, quebrando al Este con 50,00 m, quebrando al Sur, con 65,00 m, concluyendo con una línea recta al Este con 136,08 m.
Al Sur: Con la urbanización María Jesús con 284,40 m.
Al Este: Con terrenos del Colegio Joaquín Hurtado Chávez con 99,21 m.
Al Oeste: Con terrenos de reubicación de damnificados por la inundación con 64,81m.
Artículo 4. El precio de los terrenos que serán transferidos a los vecinos de la Junta "El Carmen", se establecerá de común acuerdo entre el Gobierno Municipal de la ciudad de la Santísima Trinidad y los adjudicatarios, debiendo reflejar el carácter social que constituye premisa de la presente Ley:
Remítase al Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de julio de dos mil nueve años.
Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Orlando Careaga Alurralde, José Villaviencio Amuruz, Martín Mollo Soto, Segundo T. Maida Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil nueve años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Romero Bonifaz, Wálter Delgadillo Terceros.