LEY Nº 4027
LEY DE 20 DE ABRIL DE 2009
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO. Se autoriza al Servicio Nacional de Patrimonio del Estado (SENAPE), la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno ubicado en la zona central de la ciudad de Oruro con una superficie de 125.60 m2, colindante al norte con el Banco de Crédito y la Av. Presidente Montes, al Sur con la misma Unidad – Educativa “Adolfo Mier”, al Este con la vivienda de la señora Elena Pérez Antelo y al Oeste con la vivienda de la señora Julieta Reynaga, en favor de la H. Alcaldía Municipal de Oruro, lote de terreno destinado a la construcción de infraestructura de la Unidad – Educativa “Adolfo Mier”.
Remítase al Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, al primer día del mes de abril de dos mil nueve años.
Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Orlando Careaga Alurralde, Santos Javier Tito Veliz, Martín Mollo Soto, Segundo Tobías Maida Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de abril de dos mil nueve años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Roberto I. Aguilar Gómez.