DECRETO SUPREMO N° 29696
ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Decreto Supremo Nº 28473 de 2 de diciembre de 2005, crea la Empresa Siderúrgica del Mutún, como empresa pública con patrimonio propio, autonomía de gestión técnica, administrativa, económica, financiera y legal, bajo tuición del Ministerio de Minería y Metalurgia.
Que mediante Ley Nº 3790 de 24 de noviembre de 2007, se refrenda la creación de la Empresa Siderúrgica del Mutún – ESM, la misma que entre otros, tendrá a su cargo la dirección y administración de la exploración, explotación, fundición, industrialización, comercialización y transporte de minerales y productos derivados de los Yacimientos del Mutún, para lo que podrá suscribir, en representación del Estado Boliviano, contratos de acuerdo a Ley y diseñar e implementar emprendimientos productivos propios.
Que en este sentido, el Gobierno Nacional ha establecido como política la recuperación de los recursos naturales y su industrialización, así como la restitución de la industria minero metalúrgica y siderúrgica estatal, como uno de los pilares fundamentales para el desarrollo económico y social.
Que el Decreto Supremo N° 29576 de 21 de mayo de 2008, dispone que las empresas públicas nacionales estratégicas se encuentran facultadas para realizar la contratación directa de obras, bienes, servicios generales y de consultoría, efectuar contratación directa de maquinaria y equipo reacondicionados. Asimismo, la mencionada norma señala que el carácter de empresa pública nacional estratégica, será establecido mediante Decreto Supremo de acuerdo al Plan Nacional de Desarrollo.
Que por este motivo, es necesario otorgar a la Empresa Siderúrgica del Mutún la condición de empresa pública nacional estratégica, a fin de otorgarle mecanismos ágiles y oportunos para una eficiente gestión.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se otorga el carácter de Empresa Pública Nacional Estratégica a la Empresa Siderúrgica del Mutún – ESM.
El Señor Ministro de Estado, en el Despacho de Minería y Metalurgia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de septiembre del año dos mil ocho.
FDO. ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE DEFENSA NACIONAL, Alfredo Octavio Rada Vélez, Celima Torrico Rojas, Graciela Toro Ibáñez MINISTRA DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO É INTERINA DE PRODUCCIÓN Y MICROEMPRESA Y DEL AGUA, Luís Alberto Arce Catacora MINISTRO DE HACIENDA É INTERINO DE HIDROCARBUROS Y ENERGÍA, Oscar Coca Antezana, Susana Rivero Guzmán, Luís Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, María Magdalena Cajías de la Vega, Walter Selum Rivero, Héctor E. Arce Zaconeta.