DECRETO SUPREMO Nº 29392
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3351 de 21 de febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo, determina las atribuciones y competencias del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente.
Que el Decreto Supremo N° 29230 de 15 de agosto de 2007, establece la creación de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, como empresa pública, con personería jurídica y patrimonio propio, que funcionará bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, cuya organización y funcionamiento estará sujeto en el marco de la Ley N° 1178 de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales.
Que la justificación técnica e informe legal, emitidos por la EMAPA dependiente del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, señalan la necesidad de la adquisición de seis (6) camionetas doble cabina, grado gasolina, modelo estándar a fin de responder las exigencias operativas de transporte al personal técnico y dar cabal cumplimiento a sus operaciones de seguimiento y asistencia técnica a productores beneficiarios en las diferentes comunidades de cada región, en los departamentos de Beni, Santa Cruz, Potosí, Tarija, Cochabamba y Chuquisaca.
Que el Artículo 20 del Decreto Supremo N° 27327 de 31 de enero de 2004, prohíbe a las entidades públicas la compra o alquiler de vehículos, siendo necesario emitir una norma de igual jerarquía que autorice al Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente la adquisición de seis (6) camionetas doble cabina, grado gasolina, modelo estándar, que permitan el cumplimiento de objetivos de la EMAPA.
Que el Servicio Nacional de Patrimonio del Estado – SENAPE, mediante Certificado N° 006/07 de 13 de noviembre de 2007, establece la no disponibilidad de seis (6) camionetas doble cabina, grado gasolina, modelo estándar a fin de responder las exigencias operativas de transporte del personal técnico de la EMAPA.
Que en reunión del Consejo Nacional de Política Económica y Social – CONAPES, de 20 de diciembre de 2007, se determinó aprobar el presente Decreto Supremo, a solicitud del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente – Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. Se Autoriza a la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, la compra de seis (6) camionetas doble cabina, grado gasolina, modelo estándar, para el desarrollo de sus actividades de seguimiento, asistencia técnica y entrega de insumos a productores beneficiarios de distintas regiones del país, en el marco de las disposiciones y normas vigentes del Sistema de Administración de Bienes y Servicios de la Ley N° 1178 de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales.
II. La compra de las camionetas se financiará con recursos inscritos en el presupuesto de la EMAPA, en el marco de la política de austeridad del Gobierno Nacional.
La Señora Ministra de Estado, en el Despacho de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, queda encargada de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Cochabamba, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil siete.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Gabriel Loza Tellería, Luis Alberto Arce Catacora, Walter Valda Rivera, Celinda Sosa Lunda, José Kinn Franco, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter Delgadillo Terceros, María Magdalena Cajias de la Vega, Nila Heredia Miranda.