DECRETO SUPREMO Nº 29391
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3351 de 21 de febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo, establece que el Ministerio del Agua tiene entre sus atribuciones plantear y ejecutar, evaluar y fiscalizar las políticas y planes de servicio de agua potable y saneamiento básico, riego y manejo de cuencas, aguas internacionales y transfronterizas así como el aprovechamiento de todos los usos del agua.
Que el Artículo 63 del Decreto Supremo N° 28631 de 8 de marzo de 2006, Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, establece entre las funciones del Viceministerio de Cuencas y Recursos Hídricos, la de proponer e impulsar políticas, planes para el desarrollo, provisión, mejoramiento sobre el manejo de cuencas, contaminación hídrica, aguas internacionales, aguas subterráneas y otros usos del agua.
Que el Acuerdo suscrito en fecha 1 de octubre de 2006 entre la Cooperación al Desarrollo del Gobierno de los Países Bajos y el Gobierno de Bolivia, establece la contribución del Gobierno de los Países Bajos con la suma de $usl.500.000.- (UN MILLÓN QUINIENTOS MIL 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES) para apoyar el proyecto “Plan Estratégico del Viceministerio de Cuencas y Recursos Hídricos 2006 – 2011”.
Que el Viceministerio de Cuencas y Recursos Hídricos solicita la compra de una camioneta que será utilizada en la implementación del Plan Nacional de Cuencas, en lo referente al Componente de Inversiones en Iniciativas Locales, principalmente en asistencia técnica y monitoreo a la ejecución de proyectos en diferentes Municipios de los Departamentos de Chuquisaca, Potosí, Cochabamba, Oruro, La Paz y Santa Cruz. Asimismo, el vehículo será utilizado en la ejecución de actividades del Componente de Desarrollo de Capacidades y Fortalecimiento Organizacional a nivel de Municipios.
Que el Artículo 20 del Decreto Supremo N° 27327 de 31 de enero de 2004, prohíbe a las entidades públicas la compra o alquiler de vehículos, siendo necesario emitir una norma de igual jerarquía que autorice al Ministerio del Agua, a través del Viceministerio de Cuencas y Recursos Hídricos, la adquisición de un (1) vehículo que permita dar cumplimiento al Plan Nacional de Cuencas.
Que en reunión del Consejo Nacional de Política Económica y Social – CONAPES, de 20 de diciembre de 2007, se determinó aprobar el presente Decreto Supremo, a solicitud del Ministerio del Agua.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. Se autoriza al Ministerio del Agua, a través del Viceministerio de Cuencas y Recursos Hídricos, la compra de una (1) camioneta doble cabina 4x4 para labores operativas del Plan Nacional de Cuencas, en el marco de las disposiciones y normas vigentes del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.
II. La compra del vehículo se financiará con recursos de donación provenientes de la Embajada Real de los Países Bajos.
El Señor Ministro de Estado, en el Despacho del Agua, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Cochabamba, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil siete.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Gabriel Loza Tellería, Luis Alberto Arce Catacora, Walter Valda Rivera, Celinda Sosa Lunda, José Kinn Franco, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter Delgadillo Terceros, María Magdalena Cajias de la Vega, Nila Heredia Miranda.