DECRETO SUPREMO Nº 29385
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo III del Artículo 147 de la Constitución Política del Estado, aprueba el Presupuesto General de la Nación de la gestión 2007 determinando los límites de gasto a las entidades públicas.
Que la Ley Nº 3351 de 21 de febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo, establece las normas que rigen la organización y funcionamiento del Poder Ejecutivo, determinando su estructura y competencia.
Que el Artículo 71 del Decreto Supremo Nº 28631 de 8 de marzo de 2006, establece al Instituto Nacional de Reforma Agraria – INRA, como Institución Pública Descentralizada bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente.
Que el 15 de septiembre de 2003, la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional – USAID firmó un Convenio de Donación con el Gobierno de Bolivia para la ejecución del Proyecto de Manejo Forestal Sostenible.
Que para la ejecución del Proyecto de Fortalecimiento Institucional “Saneamiento de Tierras de Producción Forestal”, se requiere un traspaso intrainstitucional por el monto de Bs41.089.- (CUARENTA Y UN MIL OCHENTA Y NUEVE 00/100 BOLIVIANOS), que deben ser aprobados mediante Decreto Supremo, por tratarse de un incremento en la partida 25200 “Estudios e Investigaciones”.
Que el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, establece la racionalización del gasto de las entidades públicas y determina que los incrementos en las partidas de gasto 25200 “Estudios e Investigaciones“, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público”, serán aprobados mediante Decreto Supremo.
Que en reunión del Consejo Nacional de Política Económica y Social – CONAPES de 10 de diciembre de 2007, se determinó aprobar el presente Decreto Supremo, a solicitud del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente – Instituto Nacional de Reforma Agraria.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza al Instituto Nacional de Reforma Agraria – INRA, incrementar la partida 25200 “Estudios e Investigaciones”, por un monto de Bs41.089.- (CUARENTA Y UN MIL OCHENTA Y NUEVE 00/100 BOLIVIANOS), a través del traspaso intrainstitucional que afecta la partida 43100 “Equipo de Oficina y Muebles”, para el Programa “Fortalecimiento Institucional para el Saneamiento de Tierras de Producción Forestal – BOLFOR”, de acuerdo al Anexo adjunto y de conformidad al Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004.
Los Señores Ministros de Estado, en los Despachos de Hacienda y de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil siete.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Rada Vélez MINISTRO DE GOBIERNO É INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTOS, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Gabriel Loza Tellería, Luis Alberto Arce Catacora, Walter Valda Rivera, Celinda Sosa Lunda, José Kinn Franco, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Walter Delgadillo Terceros MINISTRO DE TRABAJO É INTERINO DE MINERÍA Y METALURGIA, Nila Heredia Miranda MINISTRA DE SALUD Y DEPORTES É INTERINA DE EDUCACIÓN Y CULTURAS.