DECRETO SUPREMO Nº 29058
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional entre los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, ha expresado como una de sus prioridades la implementación de un rol del Estado basado en la revalorización y participación de las culturas indígenas, el comunitarismo y la complementariedad.
Que en el ámbito continental se está desarrollando un proceso de búsqueda de consensos para adoptar una Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, la cual responde en términos generales a las expectativas de dichos pueblos y a las garantías y derechos que deben ser reconocidos por los Estados del Continente.
Que dicho proceso está enmarcado en el accionar de la Organización de los Estados Americanos, como parte del mandato de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de la voluntad política de varios Estados miembros.
Que en este sentido y en el ámbito de las Relaciones Internacionales, Bolivia propuso durante la XXXVI Asamblea General de la OEA, realizada en Santo Domingo del 4 al 6 de junio de 2006, que la ciudad de La Paz sea Sede de la Décima Reunión de Negociaciones para la búsqueda de consensos del Grupo de Trabajo encargado de redactar la Declaración Americana antes señalada, y que la citada Asamblea aceptó la propuesta mediante Resolución AG/RES 2234 (XXXVI-O/06).
Que al haberse efectuado la programación de todas las tareas que para este tipo de encuentros se requieren, se hace necesario contar con recursos financieros adicionales transferidos por el Tesoro General de la Nación al Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos, para que luego estos fondos sean transferidos a la Secretaria de la Organización de los Estados Americanos como el aporte del Gobierno de Bolivia.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto constituir a la República de Bolivia en el país anfitrión para la realización de la Décima Reunión de Negociaciones para la búsqueda de consensos del Grupo de Trabajo encargado de redactar la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, que tendrá lugar del 26 al 30 de marzo de 2007 en la ciudad de La Paz, asumiendo el compromiso de involucrar sus esfuerzos en la obtención del éxito organizativo y político de la citada reunión.
ARTÍCULO 2.- (ASIGNACIÓN DE RECURSOS).
I. Se autoriza al Ministerio de Hacienda asignar recursos por un total de $us72.809.- (SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NUEVE 00/100 DÓLARES AMERICANOS) como aporte del Gobierno, destinados a cubrir los gastos que demanden el traslado de los servicios de la Secretaria General de la Organización de Estados Americanos – OEA, para tal evento.
II. Los recursos serán transferidos al Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos y depositados en la cuenta bancaria de la Secretaria de la OEA, como estipula el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Bolivia y la Secretaria General de la OEA.
ARTÍCULO 3.- (DÉCIMA REUNIÓN DE NEGOCIACIONES). Se encomienda a los Ministerios de Relaciones Exteriores y Cultos y de Justicia, a través de sus Viceministerios de Relaciones Exteriores y Cultos y Justicia Comunitaria, respectivamente la tarea de preparar la reunión a llevarse a cabo del 26 al 30 de marzo de 2007.
Los Señores Ministros de Estado, en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cultos y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de marzo del año dos mil siete.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Gabriel Loza Tellería, Luis Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, Jerges Mercado Suárez, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, José Guillermo Dalence Salinas, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, Victor Cáceres Rodríguez, Nila Heredia Miranda.