LEY Nº 3608
LEY DE 28 DE FEBRERO DE 2007
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Declárase Patrimonio Científico, Tecnológico y Cultural de Bolivia, a la Facultad Nacional de Ingeniería dependiente de la Universidad Técnica de Oruro por haber prestado servicios en la formación de profesionales ingenieros por 100 años ininterrumpidos.
ARTÍCULO 2. Se dispone que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación y Culturas, inscriba en todos los registros nacionales e internacionales, la Declaratoria de Patrimonio Científico, Tecnológico y Cultural de Bolivia a la Facultad Nacional de Ingeniería del Departamento de Oruro. Además deberá viabilizar vínculos con los centros de investigación científica más importantes del planeta, para su permanente actualización de los procesos académicos.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de febrero de dos mil siete años.
Fdo. José Villavicencio Amuruz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernándo Rodríguez Calvo, Tito Carrazana Baldiviezo, Filemón Aruni Gonzáles, Orlando P. Miranda Valverde.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de febrero de dos mil siete años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Víctor Cáceres Rodríguez.