LEY Nº 3702
LEY DE 26 DE JUNIO DE 2007
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. (De la Naturaleza) Declárase de prioridad nacional y necesidad departamental, el mejoramiento y asfaltado del “Camino Etnoecoturístico Vial de la Provincia Manco Kápac, Ruta 8”, del Departamento de La Paz, en sus tramos: San Pedro de Tiquina (Segunda Sección Municipal) –Tito Yupanqui (Tercera Sección Municipal)- Copacabana (Primera Sección Municipal) que une al 80% de las Comunidades y 3 Secciones de la Provincia Manco Kápac, que se encuentran en las riberas del Lago Sagrado Titicaca (de los Incas).
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta días del mes de mayo de dos mil siete años.
Fdo. José Villavicencio Amuruz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodríguez Calvo, Paulo Bravo Alencar, Filemón Aruni Gonzáles, Orlando P. Miranda Valverde.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de junio de dos mil siete años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Jerges Mercado Suárez.