LEY Nº 3742
LEY DE 14 DE SEPTIEMBRE DE 2007
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.- De conformidad con el artículo 59, atribución 12ª, de la Constitución Política del Estado, apruébase la ratificación del “Memorando de Entendimiento entre el Gobierno de la República de Bolivia y el Gobierno de la República de Italia”, referente a disponibilidad de concesión de financiamiento de crédito por un monto total de Euros 25.000.000.- (Veinticinco Millones 00/100 de Euros), para la construcción del Proyecto “MISICUNI II”, suscrito en la ciudad de La Paz en fecha 13 de febrero de 2007.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cinco días del mes de septiembre de dos mil siete años.
Fdo. José Villavicencio Amurúz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodríguez Calvo, Tito Carrazana Baldiviezo, Filemón Aruni Gonzáles, Jorge Milton Becerra Monje.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de septiembre de dos mil siete años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Gabriel Loza Tellería, Abel P. Madani Marca.