LEY Nº 3759
LEY DE 31 DE OCTUBRE DE 2007
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.- De conformidad con el artículo 59, atribución 7ª, de la Constitución Política del Estado, se autoriza a la Prefectura del Departamento de Pando a transferir, a título gratuito, el terreno de la ex Petty Ray, ubicado en la avenida 9 de Febrero, de la ciudad de Cobija y con una extensión superficial de 12.503,90 m2, a favor del Gobierno Municipal de Cobija, cuya administración estará sujeta a lo que establece el Decreto Supremo N° 27328, de 28 de julio de 2005.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de octubre de dos mil siete años.
Fdo. José Villavicencio Amurúz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodríguez Calvo, Tito Carrazana Baldiviezo, Filemón Aruni Gonzáles, Orlando P. Miranda Valverde.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de octubre de dos mil siete años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.