LEY Nº 3772
LEY DE 12 DE NOVIEMBRE DE 2007
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Se declara de prioridad departamental y necesidad regional la apertura de la carretera Corocoro, Santiago de Callapa, Chacarrilla, San Pedro de Kurahuara y Papel Pampa de las Provincias Gualberto Villarroel y Pacajes del Departamento de La Paz.
Artículo 2. La Prefectura Departamental de La Paz, y los Gobiernos Municipales involucrados, gestionar los recursos económicos necesarios para el estudio de preinversión y posterior ejecución de la carretera Corocoro,Santiago de Callapa, Chacarilla, San Pedro de Kurahuara y Papel Pampa de las Provincias Gualberto Villarroel y Pacajes del Departamento de La Paz.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintitrés días del mes de octubre de dos mil siete años.
Fdo. José Villavicencio Amuruz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodríguez Calvo, Tito Carrazana Baldiviezo, Filemón Aruni Gonzáles, Orlando P. Miranda Valverde.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de noviembre de dos mil siete años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.