LEY Nº 3779
LEY DE 19 DE NOVIEMBRE DE 2007
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Primero. Declárase Patrimonio Histórico de la Nación al Regimiento de Caballería 7 “CHICHAS”, ubicado en la ciudad de Tupiza, Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí, en justo homenaje y reconocimiento a las actuaciones heroicas, en defensa de la Soberanía Nacional.
Artículo Segundo. El Personal militar deberá portar en el brazo izquierdo rodeando la parte superior de su respectiva insignia, la leyenda “LA PATRIA A LOS VENCEDORES DE TUPIZA”.
Artículo Tercero. El Poder Ejecutivo, la Prefectura del Departamento de Potosí y el Gobierno Municipal de Tupiza, elaborarán y ejecutarán políticas de preservación, conservación y difusión en el marco legal cultural vigente.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los ocho días del mes de noviembre de dos mil siete años.
Fdo. José Villavicencio Amuruz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodríguez Calvo, Paulo Bravo Alencar, Filemón Aruni Gonzáles, Orlando P. Miranda Valverde.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil siete años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Walker San Miguel Rodríguez.