LEY Nº 3838
LEY DE 3 DE MARZO DE 2008
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Declárase de prioridad departamental la construcción del “Paseo Turístico Orureño”, ubicado entre las avenidas: René Barrientos, Germán Busch, Gran Chaco y Capitán Víctor Ustaris de la ciudad de Oruro con la finalidad de fortalecer la actividad turística de este departamento.
Artículo 2.- En el marco de las competencias del Gobierno Municipal de la ciudad de Oruro, debe implementar el proyecto, articulando los recursos mediante proyectos concurrentes con la Prefectura del Departamento de Oruro.
Artículo 3.- Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Oruro y al Gobierno Municipal de la ciudad de Oruro, inscribir los recursos necesarios y suficientes para la construcción de la infraestructura citada y de acuerdo entre partes.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de febrero de dos mil ocho años.
Fdo. Oscar Ortíz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Fernándo Rodríguez Calvo, Omar Fernández Quiroga, Heriberto Lázaro Barcaya, Bismarck E. Soruco Núñez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de marzo de dos mil ocho años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Javier Hurtado Mercado.