LEY Nº 3866
LEY DE 26 DE MAYO DE 2008
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.- De conformidad con lo establecido en el artículo 59, atribución 7ª de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado transferir, a título oneroso y por un valor de $us 80.379,60, el bien inmueble ubicado en el pasaje Inca Mayta Capaj N° 100 de la ciudad de La Paz, en favor de la Federación Nacional de Cooperativas Mineras de Bolivia, con destino a la instalación de las oficinas administrativas de sus federaciones departamentales y regionales.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de mayo de dos mil ocho años.
Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Fredy Omar Fernández Quiroga, Orlando Careaga Alurralde, Heriberto Lázaro Barcaya, Raúl Pardo Burgos.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil ocho años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Echazú Alvarado.