LEY Nº 3870
LEY DE 26 DE MAYO DE 2008
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Declárase de prioridad departamental y municipal la instalación del sistema de alcantarilla único y la planta de tratamiento de aguas residuales en las poblaciones de Belén, Tres Cruces pertenecientes a los Municipios de Puna y Caiza “D” respectivamente, de la Provincia José María Linares del Departamento de Potosí.
Artículo 2. La Prefectura del Departamento de Potosí y los Gobiernos Municipales de Caiza “D” y Puna, son responsables de gestionar los recursos económicos y técnicos para realizar el estudio a diseño final y su posterior ejecución.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de mayo de dos mil ocho años.
Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Fredy Omar Fernández Quiroga, Orlando Careaga Alurralde, Heriberto Lázaro Barcaya, Raúl Pardo Burgos.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil ocho años.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, René Orellana Halkyer.