DECRETO SUPREMO N° 28979
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Comando General del Ejército, cuenta con dos (2) vehículos de uso oficial; uno para el Comando de Ejército y otro para la Jefatura del Estado Mayor General del Ejército.
Que los indicados motorizados, no se encuentran en buenas condiciones de funcionamiento, por el tiempo de uso y las diferentes tareas que cumplen, inclusive en labores operativas y de seguridad.
Que los motorizados presentan una serie de deficiencias, debiendo inclusive y en forma constante ser remolcados, implicando gastos a la Institución.
Que el Artículo 17 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, señala a las autoridades beneficiarias de vehículos oficiales para el desenvolvimiento de sus funciones, encontrándose entre ellas los miembros del Alto Mando Militar.
Que al justificarse el requerimiento para la compra de los vehículos de carácter oficial a ser utilizados por el Comando General del Ejército y Jefatura de Estado Mayor General del Ejército, en mérito a las deficiencias que presentan los vehículos que se encuentran al servicio de los Altos Jefes Castrenses, corresponde autorizar mediante Decreto Supremo la adquisición de los mencionados vehículos.
Que en reunión del Consejo Nacional de Política Económica y Social – CONAPES, del 18 de diciembre de 2006, se determinó aprobar el presente Decreto Supremo, a solicitud del Ministerio de Defensa Nacional.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.-
I. Se autoriza al Ministerio de Defensa Nacional, la adquisición de dos (2) vehículos oficiales multifuncionales para su utilización en el desenvolvimiento de las específicas funciones del Comando General del Ejército y Jefatura de Estado Mayor General del Ejército, respectivamente.
II. Los recursos destinados a la adquisición de los vehículos, provendrán del presupuesto del Ejército Nacional, lo que no incidirá en mayor erogación de recursos de parte del Tesoro General de la Nación – TGN.
III. La compra de los dos (2) vehículos estará a cargo del Ministerio de Defensa Nacional, a través del Departamento Administrativo y Financiero del Ejército, observando estrictamente los procedimientos previstos en el Reglamento del Texto Ordenado del Decreto Supremo Nº 27328 de 31 de enero de 2004.
El Señor Ministro de Estado, en el Despacho de Defensa Nacional, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil seis.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alicia Muñoz Alá, Walker San Miguel Rodríguez, Casimira Rodríguez Romero, Hernando Larrazábal Córdova, Luís Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, Salvador Ric Riera, Hugo Salvatierra Gutiérrez, Carlos Villegas Quiroga, José Guillermo Dalence Salinas, Santiago Alex Gálvez Mamani, Félix Patzi Paco, Nila Heredia Miranda.